El viceconsejero de Medio Ambiente del Gobierno de Canarias, Miguel Ángel Pulido, dio a conocer ayer en un informe que el Ejecutivo recurrirá la Orden Ministerial de 12 de febrero de 2009, la cual sitúa el deslinde de la playa de Las Teresitas en el "muro" y cuya longitud es de 1.537 metros.

Miguel Ángel Pulido argumenta que "los ciudadanos deben saber que si se hubiera ejecutado el Plan Parcial de 1970, no sólo se hubiera construido el frente de playa, sino también toda la ladera, con el consiguiente impacto ambiental y paisajístico". De hecho, en 1983, el avance del PGO de Santa Cruz no se pronuncia sobre la caducidad del Plan Parcial de 1970, por lo que seguía en vigencia. En 1988 se aprobó por la Consejería de Política Territorial la revisión del Plan Parcial de 1970 reduciendo la superficie edificable de Las Teresitas a 332.500 metros cuadrados construidos, de los que 32.500 pertenecen al Polígono 4 (El Suculum), 120.000 metros cuadrados se concentran en el Valle de El Cercado y Las Huertas y 180.000 metros cuadrados se ubican en el frente de playa, liberando la ladera.

Espacios y usos.- Por tanto, con dicha modificación y el convenio urbanístico suscrito por el ayuntamiento y la Junta de Compensación de playa de Las Teresitas se "rescatan" 610.000 metros cuadrados de suelo potencialmente urbanizable y edificable que son objeto de cesión gratuita al ayuntamiento y que hoy se incorporan al parque Rural de Anaga. Pulido apunta que el 50% de Los Valles estaba destinado a uso residencial y el otro 50% a uso residencial-hotelero, por lo que "es absolutamente erróneo afirmar que ha existido recalificación urbanística alguna".

El viceconsejero asegura que "con todo este proceso se han incrementado los espacios públicos, los equipamientos y las dotaciones en zonas afectadas por el Plan Parcial de 1970", por lo que considera que "desde el punto de vista urbanístico, la corporación municipal ha tenido el acierto de conseguir la mejor solución para la playa y para los ciudadanos".

La reacción.-La decisión de recurrir ante el Ministerio de Medio Ambiente, según el portavoz de Los Verdes, Octavio Hernández, es "llamativa, aunque no sorprendente. Esta salida de tono del Gobierno de Canarias defiende que se recorte y no se amplíe el dominio público, en defensa de unas actuaciones municipales que menoscaban ese interés público y que varias sentencias han hecho indefendibles jurídicamente". Según Hernández, "con la Ley de Costas en la mano los argumentos de ese recurso no nos parecen serios y no se sostienen".

El colectivo considera que "desde 1928 sucesivas leyes han definido igual el dominio público y, por lo tanto, el campo de fútbol de San Andrés era ilegal desde el mismo momento de su construcción". Asimismo, entienden que "la Ley de Costas es clara al señalar que las obras realizadas para ganar terrenos al mar no desvirtúan la demanialidad de los terrenos, es decir, su carácter de dominio público". Por lo tanto, destaca que "según la ley, los terrenos bajos que se inundan como consecuencia del flujo y reflujo de las mareas, de las olas o de la filtración del agua del mar, aunque la inundación haya sido impedida por medios artificiales, tales como muros, terraplenes, compuertas u otros sistemas semejantes, son de dominio público".

El portavoz recuerda a Pulido que según la Resolución de 23 de marzo de 2007, de la Dirección General de Costas, por la que se publica el convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente y el Gobierno canario para la gestión integral y sostenible del litoral, que suscribieron CC y PP, los procedimientos de expropiación, rescate o demolición precisos "pueden justificarse por la regresión debida al cambio climático, basándose en previsiones de ascenso del nivel del mar que científicamente no han sido refutadas". En consonancia con este extremo, Octavio Hernández señala que "en el puerto de Santa Cruz se han medido elevaciones de nivel que alcanzan hasta 13 centímetros, el mar va a volver reclamando lo que es suyo también en Las Teresitas y por eso la aplicación de la Ley de Costas debe ser estricta y declarar dominio público los terrenos naturalmente inundables".

Solicitar una revisión de oficio.- En este sentido, Hernández señala que "si se quiere agilizar las actuaciones en la playa, la vía debiera ser la solicitud de revisión de oficio con pruebas contrastadas, pues un recurso contencioso-administrativo podría tardar hasta tres años en sustanciarse y eso iría en contra del interés público de mejorar la playa para su uso ciudadano". El colectivo destaca que "la argumentación del recurso anunciado por Pulido parece más un alegato publicitario de la actuación urbanística del ayuntamiento que una fundamentación jurídica, de lo que deducimos que se trata de una maniobra dilatoria".