Aunque la mujer no denunció y no declaró en el juicio, la magistrada considera suficientemente probado, gracias al vídeo publicado en la red social TikTok, que el condenado es autor de un delito de malos traros en el ámbito de la violencia de género. La juez considera "que el acusado, de una manera pública y notoria, ante miles de personas, agredió a su esposa, con intención de menoscabar su integridad física y de humillarla en público", y por eso le condena a un año de prisión y tres de alejamiento porque "es evidente que la víctima necesita de la protección que establece la ley, ya que, incluso en público, ha sido agredida por su esposo, reconociendo ella misma que también ha sido agredida, al menos, en otras dos ocasiones".