La mayor controversia de los bares en España que solo una comunidad regula: ¿cuándo se permite?
No existe una norma estatal que aclare si los hosteleros están obligados o no a permitir el acceso al aseo a quien no consuma

Archivo - Varias personas sentadas en bares, en Barcelona (España). / David Zorrakino - Europa Press - Archivo
Quien recorra cualquier ciudad española se topará a diario con la misma escena: alguien entra en un bar, pregunta por el baño y el camarero responde con un “solo para clientes”.
No existe una norma estatal que aclare si los hosteleros están obligados o no a permitir el acceso al aseo a quien no consuma. De hecho, todas las comunidades autónomas guardan silencio… salvo una.
Castilla y León
Desde la aprobación del Decreto 12/2016, de 21 de abril, Castilla y León incorpora en su reglamento de restauración un artículo tajante: “No podrán utilizar los aseos u otras instalaciones de los establecimientos de restauración las personas que no sean clientes”.
La norma equipara el uso del baño a un servicio más (como la consumición de una bebida) y, por tanto, el titular del local puede denegarlo si el usuario no hace gasto.
No fija tarifas ni sanciones específicas, pero da respaldo legal al hostelero para exigir consumo previo o cobrar una pequeña cantidad simbólica.
Un reportaje de SoriaNoticias recordaba en 2023 que la región es la única con requisitos detallados de aseos (separados por sexos, con agua corriente, jabón y ratio de urinarios) y que legitima al empresario para negar el paso a quien busque “convertir el bar en baño público”.
Qué pasa en el resto de España
En las demás comunidades, incluidas las más turísticas como Canarias, Andalucía o Cataluña ninguna ley autonómica menciona el derecho (o la prohibición) de usar el aseo sin consumir.
El propietario decide, y algunos permiten el acceso libre, otros exigen un euro simbólico y muchos lo ligan a un ticket de consumición.
Las oficinas de consumo sólo actúan si falta información visible; es decir, si el bar no advierte de la restricción antes de que el cliente pida usar el baño.
La OCU y FACUA piden desde hace años un marco estatal que homologue derechos y deberes, pero de momento el asunto se resuelve a base de carteles, buena (o mala) voluntad y debates virales como el de los carteles que cobran 0,50 euros.
Razones a favor y en contra
Las posicones a favor y en contra están muy enfrentadas. Por un lado, muchos hosteleros argumentan en contra de una regulación que obligue a permitir el uso de los baños a no clientes, principalmente por el coste que supone su mantenimiento: papel higiénico, limpieza, agua y electricidad.
También temen que se formen colas que molesten a quienes sí están consumiendo, o que se haga un uso indebido del espacio, como ocurre en algunos casos vinculados al botellón o al consumo de drogas.
Por otro lado, la ciudadanía defiende la necesidad de regular el acceso a los baños en bares y restaurantes, especialmente por motivos de salud y urgencia fisiológica, algo que afecta de forma particular a personas mayores, niños o quienes padecen enfermedades.
También apuntan a la escasez de baños públicos, sobre todo en zonas turísticas, y consideran un abuso que un servicio tan básico como ir al aseo dependa obligatoriamente de consumir.
Una polémica que, a falta de una legislacion estatal, está muy lejos de ser zanjada.
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