Así será la futura Ley de Consumo Sostenible: ¿Qué es la “publicidad del miedo” y por qué se va a prohibir?
De prosperar sin cambios sustanciales, España inaugurará en 2026 uno de los marcos regulatorios más duros de Europa contra las prácticas comerciales que apelan al temor, a la confusión climática y al engaño por tamaño

Un hombre pone gasolina.
La Ley de Consumo Sostenible encara su recta final con un triple objetivo: desterrar la publicidad del miedo, frenar el greenwashing y proteger la cartera del consumidor ante la reduflación. De prosperar sin cambios sustanciales, España inaugurará en 2026 uno de los marcos regulatorios más duros de Europa contra las prácticas comerciales que apelan al temor, a la confusión climática y al engaño por tamaño.
El anteproyecto de Ley de Consumo Sostenible que ultima el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 pone en la diana los anuncios que exageran riesgos para inducir la compra de un producto, práctica frecuente en las campañas de alarmas o seguros anti-okupa.
Práctica deshonesta
El ministro Pablo Bustinduy la define como “una falsa sensación de peligro creada para vender” y la tacha de “práctica deshonesta”.
La reforma añade un nuevo párrafo al artículo 27.2 de la Ley de Competencia Desleal, de modo que los anunciantes deberán aportar datos verificables que respalden cualquier mensaje basado en inseguridad o catástrofes potenciales; de lo contrario se considerará publicidad engañosa.
La vigilancia de estas campañas quedará en manos del Ministerio de Consumo y de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).
Ecopostureo
El texto prevé vetar los anuncios de productos energéticos compuestos exclusivamente por derivados fósiles (carbón, fuel, gasoil). Solo el gas natural queda fuera, por ahora.
Además, prohibirá expresiones como “respetuoso con el medio ambiente” o “100% verde” si se refieren a un único aspecto parcial del producto o si no se aportan pruebas del beneficio ambiental.
La medida equipará la promoción de combustibles fósiles a la del tabaco en términos de restricciones publicitarias.
Reduflación
Otra novedad es la lucha contra la reduflación (mantener el precio pero reducir la cantidad).
El borrador obliga a fabricantes y distribuidores a avisar de forma visible cuando el envase lleva menos producto al mismo precio.
La etiqueta deberá indicar en cuánto se ha reducido y permanecer al menos 90 días en el lineal.
Calendario legislativo
El proyecto de ley inició su andadura en octubre de 2024, cuando el PSOE lo registró en el Congreso.
Tras superar el debate de totalidad en marzo de 2025, ha entrado en la fase de enmiendas, todavía abierta a finales de este mes. La ponencia encargada de analizar los cambios debería emitir su informe antes de que termine el verano.
Si se cumple el calendario que maneja el Gobierno, el texto se votará en el Pleno durante el último trimestre de 2025 y, una vez aprobado, pasará al Senado para continuar su tramitación.
Qué cambia
La reforma introduce tres cambios clave que afectan tanto a las empresas como a los consumidores.
- Publicidad que infunde miedo. Hoy solo se puede sancionar un anuncio si contiene datos objetivamente falsos; con la nueva ley quedará prohibido siempre que no se respalde en estadísticas oficiales claras y visibles.
- Mensajes medioambientales genéricos. Ahora la autorregulación del sector y los códigos de buenas prácticas marcan los límites. La norma vetará cualquier afirmación “eco” sin pruebas verificables y bloqueará por completo la publicidad de combustibles fósiles puros.
- Reduflación. En la actualidad no hay obligación de avisar cuando se reduce la cantidad de producto manteniendo el precio. La futura ley obligará a colocar una etiqueta que indique la disminución y a mantenerla durante 90 días en el lineal.
Mientras las empresas afinan sus campañas para cumplir la futura norma, queda claro que el Ministerio de Consumo quiere que el próximo verano los anuncios vendan seguridad, sostenibilidad y cantidad… pero sin trampas ni sustos.
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