Motor
Atención: la DGT puede multarte si llevas estos dispositivos en el coche
El organismo endurece algunas infracciones e introduce sanciones nuevas
Adecuarse a las normas de conducción es la regla básica que toda persona aprende cuando se está sacando el carné, e incluso algunas son tan lógicas que se conocen aunque no se tenga la licencia de conducir.
La Dirección General de Tráfico (DGT) está del cumplimiento de la normativa y, sobre todo, de sancionar a quienes pasan por alto el reglamento. De hecho, el organismo ha avisado de una serie de medidas que pueden suponer una multa para los conductores, incluso si cuentan con una serie de dispositivos que no están utilizando, pero que llevan en el vehículo.
Dispositivos ilegales
Llevar dispositivos ilegales en el móvil ya estaba sancionado por la DGT, pero se han incrementado las cuantías y la pérdida de puntos. El endurecimiento de la norma va más allá, y es que no solo es que no puedan utilizarse estos dispositivos, sino que ni siquiera se pueden portar en el coche.
Estos dispositivos ilegales son:
- Detectores de radares (infracción grave, 200 euros y 3 puntos)
- Inhibidores de radares (hasta 6.000 euros y 6 puntos)
La excepción es con los avisadores de radares tipo GPS o aplicaciones móviles, que sí que pueden usar, pero no se pueden manipular mientras se conduce.
Hasta 500 euros
La DGT también avisa sobre otras infracciones que pueden conllevar hasta 500 euros de multa, en caso de las consideradas como muy graves:
Muy graves (multa de 500 euros)
- Usar dispositivos de intercomunicación no autorizados en exámenes para obtener o recuperar el carné de conducir
- Arrojar a la vía objetos que puedan producir incendios o accidentes
- Incumplir las normas sobre auxilio en las vías públicas y sobre el uso de alcoholímetros antiarranque
Graves (200 euros)
- Parar o estacionar en carriles o vías ciclistas
- Llevar en el vehículo mecanismos de detección de radares o cinemómetros. En otras palabras, basta simplemente con tenerlos
- Conducir teniendo el permiso suspendido como medida cautelar
- Que motoristas o ciclistas usen el teléfono móvil sujetándolo con una mano o ajustándolo entre la cabeza y el casco
Leves (hasta 100 euros de multa)
- Incumplir la obligación de estar "en todo momento" en condiciones de controlar el vehículo
- Que los ciclistas incumplan normas de seguridad vial que no sean graves o muy graves
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