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Buenavista del Norte

El 70% de las viviendas vacacionales de Buenavista del Norte incumplen la ley canaria

El Ayuntamiento aprueba el primer plan municipal de comprobación y control de estos alojamientos para organizar su inspección y regularización

Una vivienda vacacional en Tenerife

Una vivienda vacacional en Tenerife / María Pisaca

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Leticia Dorta Lemus

Leticia Dorta Lemus

Santa Cruz de Tenerife

El 70% de las viviendas vacacionales de Buenavista del Norte presentan alguna carencia o incidencia administrativa en cuanto a la Ley 6/2025 que regula este tipo de alojamientos en Canarias. Es la conclusión del Ayuntamiento al aprobar su primer Plan Municipal de Comprobación y Control de Viviendas Vacacionales en Junta de Gobierno, que tendrá una vigencia de cuatro años, pendiente ahora de su aprobación por el Pleno.

El primer censo cifra en 107 residencias de este tipo, de las que solo 32 cuenta con declaración responsable turística, la comunicación previa municipal de actividad clasificada y el informe favorable para la actividad. De los 75 alojamientos restantes, 59 -más de la mitad del total- no han presentado documento alguno al Ayuntamiento buenavistero. El plan atribuye esta situación "a la falta histórica de coordinación" entre las instituciones locales, insulares y regionales.

Después del diagnóstico

El consistorio abre un proceso de comprobación documental, cruce de base de datos e inspección. El resultado de cada expediente desembocará en requerimientos de subsanación, órdenes de cese, medidas cautelares, expedientes por actividades clasificadas o actuaciones de restablecimiento de la legalidad urbanística.

Las consecuencias por no cumplir con la normativa de viviendas vacacionales dependerán de las carencias detectadas, la posibilidad de subsanarlas y la resolución del procedimiento correspondiente. Pueden ir desde una rectificación, un cese y hasta la comunicación a la Agencia Tributaria si se estima necesario.

La ejecución del plan se distribuye entre la Alcaldía, Urbanismo, Policía Local o los servicios jurídicos del Ayuntamiento. Esto revela que el control no es exclusivamente turístico sino que combina diferentes disciplinas y áreas. Al finalizar los cuatro años de vigencia del plan, la administración local tendrá dos meses para elaborar una memoria con los expedientes e inspecciones realizadas, infracciones detectadas, sanciones impuestas, medidas correctoras adoptadas y, en general, los resultados obtenidos.

El principal objetivo de este primer plan municipal es organizar las actuaciones administrativas de comprobación, inspección y control de las viviendas vacacionales. Buenavista del Norte cumple así con la disposición adicional segunda de la Ley 6/2025 que obliga a los ayuntamientos de Canarias a aprobar y comenzar a aplicar este tipo de control de las viviendas vacacionales. El Ejecutivo regional establecía un plazo máximo de ocho meses desde la aprobación de la legislación, por lo que este margen temporal finalizó el pasado 13 de agosto.

Ocho certificados necesarios

La hoja de ruta del Ayuntamiento no marca una programación anual, ni un número mínimo de inspecciones. Tampoco cuenta con una partida presupuestaria concreta. Sí que establece una primera fase documental para cada una de las viviendas vacacionales en la que prevé revisar ocho certificados necesarios para estar dentro de la ley.

Posteriormente, se cruzará la información si fuese necesario. La finalidad es detectar direcciones discordantes, anuncios activos sin coincidencia registral, duplicidades, cambios de uso no comunicados o actividad mantenida pese al archivo de un expediente. Por otro lado, habrá inspecciones presenciales que pueden iniciarse de oficio, por denuncia, campañas sectoriales o por análisis de riesgo. La Policía Local será la encargada de comprobar la placa identificativa, la comunicación previa, ocupación y uso efectivo. También levantará actas, formulará requerimientos y tomará fotografías. El documento elaborado por el Ayuntamiento de Buenavista del Norte no detalla el protocolo previo a la visita a las viviendas, tampoco cómo se seleccionan los expedientes, la vía para documentar las inspecciones, qué plazos se conceden o cómo será la coordinación entre los diferentes departamentos consistoriales.

El orden del control

En cuanto al orden de las inspecciones, tendrán prioridad las viviendas con indicios de incompatibilidad urbanística, falta de título, riesgo para personas o bienes, ejercicio clandestino, incumplimientos sectoriales o molestias vecinales reiteradas. Establece una clasificación con tres niveles: alto, medio y bajo. En el primero estarán las residencias vacacionales sin inscripción turística, actividad en suelo incompatible, denuncias constantes o peligro personal o material.

En el medio, las incongruencias documentales y publicidad actividad sin coincidencia registral y en el más bajo, las comprobaciones ordinarias aleatorias. A su vez, habrá cuatro grupos jurídicos: las que operan pero no figuran en el Registro General Turístico, inscritas y con comunicación municipal, pero sin títulos urbanísticos o con comunicación declarada ineficaz; inscritas y con comunicación previa, sujetas a comprobación ordinaria de lo declarado; y afectadas por atestados, denuncias o inspecciones previas.

La ejecución del plan se distribuye entre la Alcaldía, Urbanismo, Policía Local o los servicios jurídicos del Ayuntamiento. Esto revela que el control no es exclusivamente turístico sino que combina diferentes disciplinas y áreas. Al finalizar los cuatro años de vigencia del plan, la administración local tendrá dos meses para elaborar una memoria con los expedientes e inspecciones realizadas, infracciones detectadas, sanciones impuestas, medidas correctoras adoptadas y, en general, los resultados obtenidos.

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