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Vertidos en el Valle de Güímar

El PSOE y el PP no cuestionan a sus alcaldesas en Candelaria y Güímar

El juicio se celebrará apenas tres meses antes de las elecciones municipales, a las que concurrirán ambas como candidatas

Francis Hernández, Agustín Espinosa y Lourdes Galindo tras presentar la denuncia ante la Fiscalía en 2017

Francis Hernández, Agustín Espinosa y Lourdes Galindo tras presentar la denuncia ante la Fiscalía en 2017 / El Día

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Santa Cruz de Tenerife

Ni el Partido Popular (PP) ni el PSOE dudan actualmente de que sus candidatas a las alcaldías de Güímar y Candelaria serán las actuales regidoras, Carmen Luisa Castro y María Concepción Brito, respectivamente. Ambas se sentarán en el banquillo de la Audiencia Provincial el 16 de febrero de 2027, acusadas de presuntos delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente y de prevaricación, en el marco del caso abierto por los vertidos ilegales al mar desde el Polígono Industrial Valle de Güímar.

La Fiscalía pide para cada una cuatro años de cárcel, inhabilitación durante ese tiempo y una multa de 20 euros al día durante 21 meses por el delito contra los recursos naturales y el medio ambiente, además de 13 años de inhabilitación por prevaricación por omisión. Las mismas penas se solicitan para los otros dos acusados, los exalcaldes José Gumersindo García (Candelaria, de 2001 a 2015) y José Juan Lemes (Arafo, de 2015 a 2019).

En el Partido Popular de Tenerife expresan su “apoyo absoluto y rotundo a Luisi Castro” porque “no estamos ante un caso de corrupción donde esté en entredicho que se haya beneficiado de dinero público”. El PP apela a la presunción de inocencia y al procedimiento judicial, además de defender la actuación de la regidora güimarera, de quien aseguran que “durante sus siete años al frente del municipio, ha intentado velar por los intereses de sus vecinos en todo momento, bajo la convicción de que intentaba contribuir a la mejora de un problema que es evidente”.

En el PP no hay obligación de dimitir

El PP no contempla en sus Estatutos que un cargo público u orgánico con juicio oral abierto esté obligado a dimitir. Solo el delito de corrupción conlleva la suspensión automática de militancia, que se transformaría en expulsión en caso de sentencia condenatoria firme.

El PSOE cuenta con el ‘Código ético y de conducta’, cuyo artículo 5.9, bajo el epígrafe ‘Actuación en caso de implicación en procedimientos judiciales’, establece que el cargo público socialista con “auto de apertura de juicio oral, deberá solicitar la baja voluntaria como afiliado/a y dimitir de su cargo”. Brito no tiene que hacerlo. ¿Por qué?

Ese mismo artículo establece que la apertura de juicio oral debe estar motivada “por un delito relacionado con la corrupción, con la violencia de género o la libertad e indemnidad sexuales (acoso, abuso o violación) o contra la integridad moral”. Ninguno de esos supuestos afecta a Mari Brito, también presidenta de la Federación Canaria de Municipios (Fecam), quien sí informó a su partido del estado del sumario. El PSOE está con ella.

La inacción como argumento

A los cuatro alcaldes y exalcaldes del Valle de Güímar la Fiscalía les atribuye inacción para evitar los vertidos al mar del Polígono Industrial Valle de Güímar “sin depurar, tratar ni legalizar” durante el periodo comprendido “desde el 23 de julio de 2013 hasta, al menos, el mes de marzo de 2017”. En la primera fecha, los ayuntamientos de Candelaria, Arafo y Güímar asumieron la titularidad del polígono; la segunda está vinculada a la presentación de la denuncia que dio lugar a este sumario.

Los denunciantes fueron Agustín Espinosa y Lourdes Galindo, entonces concejales de Sí se Puede en Candelaria y Güímar, respectivamente, además de Francis Hernández, edil de Izquierda Unida Canaria en Arafo. Ellos ejercen la acusación popular, que pide cinco años de prisión y 15 de inhabilitación para cada acusado, además de que asuman el coste de las medidas necesarias para restaurar el equilibrio ecológico perturbado.

Peligro para la salud pública a para la naturaleza

Tanto la Fiscalía como la acusación popular inciden en que hubo peligro para la salud pública, según consta en varios análisis incluidos en el sumario, así como riesgos para el equilibrio de los sistemas naturales del entorno. Aluden al mal estado del emisario submarino, a la caducidad de la autorización para verter que no fue renovada por los municipios y al hecho de que los vertidos incluyeron las aguas negras del caserío El Socorro y el barrio de Playa de la Viuda.

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife señaló el 8 de febrero de 2027 como fecha de comienzo del juicio, que se prolongará hasta el día 18 del mismo mes, con las declaraciones de los acusados el 16. Será, por tanto, a tres meses de las elecciones municipales, previstas para el 23 de mayo y cuya convocatoria está fijada para el 29 de marzo.

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