Es oficial: los propietarios que tengan una vivienda vacía en este municipio de Tenerife pagarán más IBI
El Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna acelera la implantación de un recargo sobre el IBI de las viviendas desocupadas para incentivar que salgan al mercado del alquiler

Bloque de viviendas vacías / JOSÉ LUIS ROCA
La crisis de la vivienda se deja sentir con especial intensidad en Tenerife, donde muchos municipios sufren un fuerte encarecimiento de los precios debido a la escasez de oferta y a una demanda cada vez mayor. Ante esta situación, los ayuntamientos buscan fórmulas para aumentar el número de viviendas disponibles y aliviar la presión sobre el mercado. Una de las medidas más importantes acaba de aprobarse en San Cristóbal de La Laguna, donde se incrementará el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) a los propietarios que tengan sus viviendas vacías.
Esta es una gran noticia para todos los ciudadanos, porque el Consistorio lagunero ha dado el primer paso para reactivar el mercado inmobiliario en la ciudad. Tras la aprobación de la medida, el Ayuntamiento dispone ahora de tres meses para concretar su alcance y determinar a qué propietarios afectará. Entre las actuaciones previstas está la actualización de la Ordenanza Fiscal Reguladora del IBI.
San Cristóbal de La Laguna tiene miles de viviendas vacías
Según un estudio de la Universidad de La Laguna (ULL), en la ciudad hay alrededor de 5.000 inmuebles no habitados. Sin embargo, otras fuentes elevan esta cifra hasta los 10.000, un volumen muy significativo en un momento en el que la falta de vivienda disponible tensiona cada vez más el mercado inmobiliario.

LUCÍA FEIJOO VIERA / FOTO: JOSÉ LUIS ROCA
El objetivo de esta medida es aumentar la oferta de vivienda disponible en el mercado y reducir la retención de inmuebles cerrados durante años, una situación que las administraciones consideran uno de los factores que contribuyen a la tensión en los precios del alquiler.
El recargo puede alcanzar el 150% del IBI
La medida se apoya en la Ley 12/2023 por el derecho a la vivienda, que modificó la normativa estatal de haciendas locales para permitir a los ayuntamientos imponer penalizaciones fiscales a los inmuebles residenciales desocupados de forma permanente.
La penalización no será igual para todos los propietarios. El sistema prevé una escala progresiva en función del tiempo que la vivienda permanezca vacía y del número de inmuebles desocupados que posea el titular.
Aunque por el momento el Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna no ha especificado cifras, la normativa estatal contempla varios casos:
- Recargo del 50% sobre la cuota líquida del IBI para viviendas vacías durante más de dos años.
- Recargo del 100% cuando la desocupación supere los tres años.
- Incremento adicional de 50 puntos porcentuales, hasta llegar al 150%, si el propietario tiene dos o más viviendas vacías dentro del municipio.
La intención del consistorio es que mantener una vivienda cerrada durante largos periodos resulte económicamente menos atractivo que incorporarla al mercado del alquiler.
La medida no está diseñada para los pequeños propietarios
La legislación estatal establece que el recargo solo puede aplicarse cuando ocurren varios requisitos simultáneamente. Entre ellos, que la vivienda lleve más de dos años desocupada de forma continuada y que el titular disponga de cuatro o más inmuebles residenciales.

Las viviendas vacías podrían dejar de estar así en La Laguna / Archivo
Esto significa que el foco se sitúa principalmente sobre grandes tenedores, fondos de inversión, entidades financieras, sociedades inmobiliarias y particulares con un patrimonio inmobiliario elevado.
La aplicación del recargo requiere un procedimiento administrativo individualizado y no puede realizarse de forma automática. Para identificar los inmuebles potencialmente afectados, el consistorio prevé cruzar información procedente de distintas bases de datos:
- El padrón municipal.
- Los registros catastrales.
- Los consumos de agua.
- Los consumos eléctricos.
La ausencia de residentes empadronados y unos consumos anormalmente bajos o inexistentes constituyen algunos de los principales indicadores utilizados para acreditar la desocupación permanente.
Una vez detectada una posible vivienda vacía, el propietario tendrá derecho a presentar alegaciones antes de que el Ayuntamiento adopte una resolución definitiva.
Las situaciones que quedan exentas
La normativa también contempla numerosos supuestos en los que no se aplicará la penalización fiscal. Entre las excepciones previstas se encuentran:
- Traslados temporales por motivos laborales o formativos.
- Situaciones de dependencia o problemas de salud.
- Viviendas sometidas a obras de rehabilitación.
- Inmuebles afectados por litigios judiciales.
- Segundas residencias, dentro de determinados límites temporales.
- Viviendas que se encuentren a la venta o en alquiler en condiciones de mercado durante los plazos establecidos por la ley.
Estas circunstancias deberán acreditarse durante la tramitación del expediente.

Vivienda vacía en Canarias / La Provincia / Censo Vivienda - INE
La iniciativa municipal tiene su origen en la Ley de Vivienda aprobada por el Gobierno en 2023, que otorgó a los ayuntamientos la posibilidad de establecer recargos sobre el IBI de las viviendas vacías. La Laguna ha decidido utilizar esta herramienta fiscal para intentar movilizar parte de los inmuebles que permanecen cerrados y aumentar la oferta residencial disponible.
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