Multa de 200 euros por aparcar en un vado: el artículo 139 del Reglamento General de Circulación explica lo que deben saber los conductores tinerfeños si no hay placa oficial
La Dirección General de Tráfico recuerda que estacionar en zonas no autorizadas o vados se considera una infracción grave y está sancionado

Si los agentes lo consideran, una grúa puede retirar los vehículos mal estacionados / Manu Mitru
La Dirección General de Tráfico (DGT) recuerda que en todos los municipios y ciudades tinerfeñas y del resto de España hay zonas exclusivas reservadas para que los conductores puedan estacionar el vehículo. Aparcar en una zona no autorizada se considera una infracción grave que puede acarrear graves consecuencias económicas.
Hay conductores que estacionan sus vehículos en un vado tan solo un momento, pensando que no va a salir ningún coche de ese garaje. Sin embargo, la normativa deja claro que los vados son espacios reservados para la entrada y salida de vehículos de garajes o inmuebles privados y no pueden ser obstaculizados.
Qué significa la señal R-308
La señal R-308 es u distintiva que prohíbe estacionar en determinados lugares, como acceso a garajes en los que se haya colocado una placa de vado permanente. Su objetivo es garantizar la libre entrada y salida de vehículo y evitar así problemas de circulación y seguridad.
"Se consideran paradas o estacionamientos en lugares peligrosos o que obstaculizan gravemente la circulación los que constituyan un riesgo u obstáculo a la circulación". Además, el estacionamiento debe realizarse de tal manera que no "se obstaculice la utilización normal del paso de salida o acceso a un inmueble de personas o animales, o de vehículos en un vado señalizado correctamente", explica el artículo 91.2 del Reglamento General de Circulación.
Multas hasta para el propietario
Lasa sanciones por incumplir la señal R-308 pueden imponerse incluso al propio propietario si se detecta que el coche no está correctamente estacionado. Esta infracción se considera grave y conlleva multas de 200 euros, aunque puede reducirse a 100 por pronto pago.
Además de la sanción económica, los agentes pueden solicitar la retirada del vehículo a través de una grúa siempre que consideren que obstaculiza la circulación e impide el paso al inmueble.

La DGT lo deja claro: un vado pintado sin placa oficial no tiene validez / Neomotor
Las placas falsas
El artículo 139 del RGC recoge quien es el responsable de la señalización y del correcto mantenimiento de la vía pública. "Corresponde al organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico o, en su caso, a la autoridad autonómica o local responsable de la regulación del tráfico la determinación de las clases o tramos de carreteras que deban contar con señalización circunstancial o variable o con otros medios de regulación, ordenación, gestión y vigilancia telemática del tráfico; la determinación de las características de los elementos físicos y tecnológicos que tengan como finalidad auxiliar a la autoridad de tráfico; la instalación y mantenimiento de dicha señalización y elementos físicos o tecnológicos, así como la determinación en cada momento de los usos y mensajes de los paneles de mensaje variable, sin perjuicio de las competencias que, en cada caso, puedan corresponder a los órganos titulares de la vía", explica.
Utilizar placas de vado falsas es ilegal y puede implicar sanciones mayores, dependiendo la normativa municipal oscilan entre 501 y 901 euros. Por ello, Tráfico recomienda prestar atención a la señalización y respetar siempre las zonas reservadas para evitar sanciones y no obstaculizar la circulación del resto de usuarios.
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