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Multas de hasta 600 euros y pérdida de puntos por superar estos límites de velocidad en estas vías: la DGT pone el foco en los conductores tinerfeños

Respetar los límites de velocidad es fundamental para reducir la siniestralidad en las carreteras

La Guardia Civil durante un control de velocidad

La Guardia Civil durante un control de velocidad / L. O.

Helena Ros

Helena Ros

Desde la Dirección General de Tráfico (DGT) junto a los agentes de la Guardia Civil trabajan con el objetivo de reducir la siniestralidad en las carreteras y aumentar la seguridad vial. Para ellos emplean campañas de vigilancia e intentan concienciar a los conductores para que cumplan con la normativa establecida.

Cumplir con los límites establecidos tanto en las vías urbanas como en las interurbanas es una obligación de los conductores. Respetar la velocidad es fundamental para garantizar tanto por la propia seguridad como la del resto de usuarios de la vía.

Límites en vías urbanas

El artículo 50 del Reglamento General de Circulación, modificado por el Real Decreto 970/2020 establece tres velocidades máximas en las vías urbanas. La normativa fija en 20 km/h en las calles que dispongan de plataforma única, es decir, donde la calzada y la acera estén al mismo niel. Los conductores pueden circular a 30 km/h en vías de un único carril por sentido de circulación. Mientras que en las vías con dos o más carril por sentido está permitido hasta 50 km/h.

Aunque la Guardia Civil ha recordado a los conductores que "el límite de velocidad de travesías, establecido en 50 km/h para todo tipo de vehículos, puede ser rebajado por la autoridad municipal". El objetivo de estos límites es que las calles sena más seguras, especialmente para los peatones, ya que la gravedad de un accidente de tráfico puede depender de la velocidad a la que circule un vehículo.

Límites en vías interurbanas

En las vías urbanas, los límites de velocidad se mantienen. La velocidad máxima es de 90 km/h en carreteras convencionales y de 120 km/h en autopistas y autovías para turismos y motocicletas. Además, las bicicletas pueden circular por autovías, salvo prohibición expresa, hasta 45 km/h y el ciclista debe llevar obligatoriamente el casco. Aunque tiene prohibido el acceso a autopistas. En cabio, los ciclomotores tiene prohibido circular tanto por autopistas como por autovías.

Sanciones

Los conductores que no respeten los límites de velocidad establecidos en las vías, se exponen a sanciones que oscilan entre 100 y 600 euros, además de la perdida de dos a seis puntos del carné de conducir, dependiendo de la gravedad.

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