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¿Por qué la jueza ha paralizado las obras de la urbanización de lujo Cuna del Alma en Tenerife?

La magistrada de Arona aprecia indicios de un presunto delito contra el territorio y el medio ambiente y considera que no se dan las circunstancias para que el Gobierno canario diera la autorización a los trabajos en la zona de servidumbre de paso, protegida por ley

Proyecto de la urbanización Cuna del Alma en la costa de Adeje.

Proyecto de la urbanización Cuna del Alma en la costa de Adeje. / E. D.

Daniel Millet

Daniel Millet

Santa Cruz de Tenerife

Los indicios de ilegalidad llevan a la justicia a paralizar de forma cautelar parte de las obras de la urbanización de lujo Cuna del Alma, en el sur de Tenerife. En el auto en el que el Juzgado de Instancia Número 1 de Arona ordena este miércoles 8 de abril detener de forma cautelar los trabajos que se desarrollan en la zona de servidumbre de tránsito, la jueza explica las razones de su decisión.

Se apoyan en los siguientes argumentos después de que el grueso de los movimientos de tierra en el Puertito de Adeje comenzaran, tras cinco paralizaciones administrativas anteriores, hace un año. Todas las anteriores fueron decididas y luego solventadas por el Gobierno de Canarias. Esta del juzgado de Arona es la primera paralización que decide la justicia en el marco de una causa penal por presuntos delitos contra la ordenación del territorio y medio ambiente, falsificación de documentos públicos, prevaricación administrativa, tráfico de influencias y corrupción en el sector privado.

Insistencia de la Fiscalía

El papel de la Fiscalía Provincial, y más en concreto de los fiscales de Arona, ha sido clave para llegar a esta decisión. El pasado 25 de marzo, presentó un escrito solicitando la adopción de medidas cautelares, de suspensión y paralización de las obras que se vienen realizando en la zona de servidumbre de protección autorizadas por el Gobierno de Canarias.

Había sido el propio ministerio público, junto con la acusación popular, ejercida por la Asociación Cultural Social Ecologista Puertito Libre, la que había recurrido el sobreseimiento provisional de la causa dictado el 4 de diciembre de 2025 por la misma magistrada del Juzgado de Instancia Número 1 de Arona, Sandra Peraza.

La magistrada accedió, reabriendo el procedimiento y solicitando dos nuevas investigaciones. Por un lado, requirió a la Dirección General de Costas y Gestión del Espacio Marítimo Canario, dependiente del Gobierno canario, el expediente íntegro sobre las obras de Cuna del Alma, un proyecto para construir 3.600 camas turísticas en el Puertito de Adeje, un espacio del sur de Tenerife aún sin edificar.

La segunda diligencia fue ordenar un informe pericial judicial para averiguar si las obras que se ejecutan en Cuna del Alma pueden incumplir los criterios de los artículos 47 del Real Decreto 876/2014 y 25 de la Ley de Costas.

Sandra Peraza también ha accedido ahora a la petición del ministerio público, al que se sumó la acusación popular, de paralizar de forma provisional los trabajos que se están realizando en una franja de 100 metros situada justo por encima de la orilla, la cual está protegids por la Ley de Costas y en las que solo se pueden hacer trabajos de alteración de la realidad física a través de un permiso extraordinario debidamente justificado.

Obras de construcción de la urbanización Cuna del Alma en el Puertito de Adeje.

Obras de construcción de la urbanización Cuna del Alma en el Puertito de Adeje. / María Pisaca

Las obras no debían haberse permitido

Es precisamente en este último punto donde se encuentra una de las claves de la decisión de la jueza. Para Peraza, y coincidiendo con el criterio de la Fiscalía, las actuaciones no están contempladas en los preceptos legales por los que se puede dar una autorización.

Si se examinan los usos previstos por la promotora de la urbanización Cuna del Alma, es decir, piscina de adultos, solarium con zona infantil, piscina infantil, piscina privada o parking buggies, "se comprueba", según refleja la magistrada en el auto, que "dichos usos difícilmente tendrían encaje en lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley de Costas".

La jueza recuerda que el técnico superior de la Dirección General de Costas y Gestión del Espacio Marítimo Canario, Francisco Javier Carrancho, admite en su informe del 2 de julio de 2024 que "son usos que pueden tener otra ubicación fuera de la servidumbre de tránsito y protección y no prestan un servicio necesario o conveniente para el uso del dominio público marítimo terrestre".

Tampoco ve la magistrada una justificación fundamentada en la construcción de muros de más de tres metros, por lo que pide un informe específico al respecto. Peraza y la misma fiscalía recuerdan que la zona de servidumbre de protección es una franja de terreno de 100 metros tierra adentro desde el límite interior de la línea del mar. Este área está sometida a un régimen especial de protección por la Ley 22/1988 de Costas y su reglamento, con el objetivo de preservar el litoral español.

Presunto delito contra el territorio

"Frente a la alegación de la promotora relativa a la ausencia de ilícito penal", expone la titular del Juzgado de Instancia Número 1 de Arona, "cabe señalar que de lo instruido hasta el momento resultan indicios, al menos, de un presunto delito contra la ordenación del territorio y medio ambiente".

Para Sandra Peraza, estos indicios hacen necesaria "la práctica de las diligencias de investigación indispensables, dirigidas a confirmar o descartar los propios indicios, por lo que sí procede la continuación del presente procedimiento, siendo asimismo viable, y necesaria la medida cautelar solicitada".

La imposibilidad de recuperar el espacio alterado

La jueza considera que hay suficientes razones para adoptar la medida cautelar de suspender unos trabajos que se realizan sobre un terreno de 2.394 metros cuadrados, los más próximos a la orilla, en una urbanización que va a ocupar un espacio total de 430.000 metros cuadrados.

Además de los indicios de presuntas irregularidades, en unas actuaciones que cuentan con permiso del Gobierno de Canarias, el auto refleja que "resulta evidente que sería difícil una futura reparación del entorno afectado de continuarse con las obras en la concreta zona respecto de la que se interesa la paralización".

La medida es asimismo proporcionada, siempre según Sandra Peraza en su auto del este miércoles 8 de abril de 2026, "y no va a generar un perjuicio absolutamente irreparable a la parte querellada", puesto que "se trata de la paralización únicamente de las obras que afectan a la zona que se encuentra dentro de la servidumbre de protección, tratándose exactamente de un 5% del total de la parcela donde se desarrolla el proyecto".

Parte del proyecto de Cuna del Alma afectado por la paralización de las obras dictaminada por la justicia.

Parte del proyecto de Cuna del Alma afectado por la paralización de las obras dictaminada por la justicia. / E. D.

Conclusión

"A la vista de todo lo expuesto", concluye la jueza, "existiendo indicios de la presunta comisión de delito contra la ordenación del territorio y el medio ambiente, y en tanto avanza la instrucción, estando pendiente la realización del informe pericial ya acordado, se estima pertinente acordar la medida cautelar interesada por el Ministerio Fiscal, consistente en paralización inmediata y precinto de las obras que se vienen realizando en la zona de servidumbre de protección autorizadas en el expediente".

Argumentos de la promotora

Segunda Casa Adeje SL, la empresa que construye la macrourbanización de lujo, defendía que debe atenderse el tiempo transcurrido desde el inicio del procedimiento sin que el Ministerio Fiscal ni la parte querellante solicitaren medida cautelar, lo que evidenciaría la falta de urgencia actual.

La titular del juzgado aronero lo desmonta al apuntar que "ya inicialmente los denunciantes, y también la parte querellante en su propio escrito de querella, solicitaron la paralización de las obras, medida que en su momento fue denegada mediante auto de fecha 4 de diciembre de 2025, previo informe de oposición del Ministerio Fiscal, el cual viene a solicitar ahora la medida cautelar, tras el estudio del expediente ya referido de la Dirección General de Costas, que ha sido incorporado a las actuaciones con posterioridad, en fecha 3 de febrero de 2026".

La constructora también recuerda la existencia de licencia de obras, de más de cuatro años de antigüedad, para luego hacer hincapié "en la ausencia en el presente caso de los requisitos de apariencia de buen derecho y de peligro de mora procesal necesarios para la adopción de toda medida cautelar".

Panorámica del Puertito de Adeje, donde se proyecta la urbanización de lujo Cuna del Alma.

Panorámica del Puertito de Adeje, donde se proyecta la urbanización de lujo Cuna del Alma. / Efe

Añade la parte querellada que en concreto, las actuaciones en la parcela T2, que "es la parte afectada por la servidumbre de protección (y única zona para la que se pide la paralización de obras), se encuentran amparadas por resolución del director general de Costas y Gestión del Espacio Marítimo Canario, del 31 de enero de 2025".

Segunda Casa Adeje defiende asimismo que la zona afectada representa solo el 5% de la parcela y "apenas un 0,5% de la superficie total del proyecto". "Es un procedimiento administrativo ordinario, sin relación con irregularidades éticas o de otra índole, a diferencia de lo que sostienen los colectivos denunciantes», explica la promotora, que matiza que es la sexta medida de este tipo que afronta el proyecto. "En las cinco anteriores, las dudas fueron aclaradas o subsanadas ante las autoridades, permitiendo el levantamiento de la suspensión y la continuidad de los trabajos".

Segunda Casa Adeje aclara que va a recurrir esta paralización y que Cuna del Alma "cuenta con todos los avales urbanísticos y medioambientales necesarios". La promotora confía en que "una vez presentada la documentación técnica correspondiente, se retome la actividad habitual en la zona afectada".

Villas proyectadas en la urbanización Cuna del Alma, que se construye en el Puertito de Adeje.

Villas proyectadas en la urbanización Cuna del Alma, que se construye en el Puertito de Adeje. / E. D.

El auto judicial considera que ese permiso no se debió haber concedido pues las actuaciones no estarían amparadas por lo que permite la Ley de Costas en una zona tan vulnerable como la de servidumbre de paso.

El proyecto de Cuna del Alma ha generado una gran contestación social en Tenerife. Ya había sido paralizado anteriormente por el Gobierno de Canarias, en la etapa del 'pacto de las flores' (PSOE, ASG, NC y Podemos) por tres razones: dañar yacimientos arqueológicos, amenazar especies protegidas como la planta viborina triste y carecer de estudio de impacto ambiental.

Sin embargo, el actual pacto del Ejecutivo regional (CC y PP) archivó los expedientes. Estas decisiones, la concesión de la licencia de obra por parte del Ayuntamiento de Adeje y varios fallos judiciales favorables avalan la continuidad de los trabajos en gran parte de los terrenos privados, salvo los de servidumbre de paso, donde se acaban de suspender por orden de la jueza de Arona.

Esta paralización de parte de las obras de forma cautelar forma parte de un procedimiento judicial en el que la magistrada prosigue con las pesquisas. La causa penal se ha abierto por los presuntos delitos contra la ordenación del territorio y medio ambiente, falsificación de documentos públicos, prevaricación administrativa, tráfico de influencias y corrupción en el sector privado.

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