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Los guardas rurales defienden la legalidad de su trabajo en el Teide

La Asociación de Guardas Rurales subraya que sus profesionales, habilitados por el Ministerio del Interior, colaboran con las autoridades competentes en la protección del medio rural, sin usurpar funciones

Un guardia rural durante un control en un espacio natural protegido de Tenerife.

Un guardia rural durante un control en un espacio natural protegido de Tenerife. / Arturo Jiménez

Santa Cruz de Tenerife

La Asociación Hermandad Española de Guardas Rurales acredita la legalidad de su trabajo en el Parque Nacional del Teide. Su presidente, Víctor Villalobos, subraya que el despliegue de 16 de sus compañeros, a partir del próximo 1 de abril, "cumple con toda la normativa". Las funciones de los guardas rurales, según el pliego de condiciones del contrato del Cabildo con la empresa adjudicataria del servicio por los tres años próximos, prorrogables dos más, serán la vigilancia y el control en los 190 kilómetros cuadrados de superficie, algo para lo que, recalca Villalobos, "estamos perfectamente habilitados por la ley".

Alude a que los guardas rurales son profesionales de seguridad privada habilitados por el Ministerio del Interior y su actuación está regulada por la Ley 5/2014 de Seguridad Privada. Villalobos detalla que en su artículo 6 "reconoce la cooperación entre seguridad pública y privada". Mientras, el 26 establece que pueden ejercer "vigilancia y protección de fincas rústicas, montes, explotaciones agrarias, cotos de caza y bienes vinculados al medio rural, así como colaborar con las autoridades competentes".

Por tanto, "carece de todo fundamento jurídico" la afirmación de la Asociación de Agentes Forestales y de Medio Ambiente de Canarias (Afmacan) de que "la presencia de guardias rurales en el Parque Nacional del Teide es ilegal". Al contrario, señala Villalobos, "no existe usurpación de funciones" y "tampoco sustituyen ni invaden las competencias de los agentes de Medio Ambiente" en cuanto a "policía administrativa ambiental, inspección y control de la normativa medioambiental".

El portavoz de la Asociación Nacional sostiene que "los guardas rurales, en cambio, realizan labores de vigilancia preventiva, control de accesos y aforos, protección de instalaciones y bienes, así como la comunicación de incidencias a las autoridades competentes".

Aclara el presidente de la asociación que "son funciones complementarias, no excluyentes". Villalobos incide en que la crítica a la presencia de seguridad privada en espacios naturales "contrasta con la realidad cotidiana en España", donde vigilantes privados trabajan "legalmente" en hospitales y universidades públicas, estaciones de tren y metro, puertos y aeropuertos, museos y centros culturales, edificios administrativos de diferentes administraciones públicas, parques urbanos y eventos organizados por entidades públicas.

En todos estos casos, subraya, nadie considera que los vigilantes estén "usurpando funciones públicas". De la misma forma, los guardas rurales "desarrollan funciones de vigilancia preventiva en el medio rural, con formación específica y la preceptiva habilitación del Estado".

Control de accesos y aparcamientos

Respecto al control de accesos y aparcamientos defiende que son funciones que "corresponden habitualmente" a profesionales de seguridad privada y "no a funcionarios públicos". Insiste Villalobos en que "nadie cuestiona a los vigilantes de seguridad que controlan accesos en hospitales, museos o estaciones". Valora que "hacerlo con los guardas rurales por ejercer funciones similares en el medio rural carece de fundamento".

Víctor Villalobos apuesta por "la colaboración como modelo de gestión", ya que, subraya, "la protección del medio natural requiere la cooperación" entre fuerzas y cuerpos de seguridad, agentes de Medio Ambiente, guardas rurales, vigilantes de seguridad, técnicos y gestores ambientales. Sentencia que la confrontación entre colectivos profesionales no aporta nada a la conservación ni a la seguridad del territorio.

El presidente de la Hermandad Española concluye que los guardas rurales son profesionales legalmente habilitados y su actividad está regulada por la Ley de Seguridad Privada. Además, su labor protege el medio rural y colabora con la administración, "sin sustituir a los agentes públicos".

Villalobos entiende que trasladar a la opinión pública que su presencia constituye "ilegalidad" o "usurpación" supone "una afirmación inexacta" porque, remata, "una mentira repetida mil veces no se convierte en verdad, pero una ley sigue siendo ley aunque a algunos no les guste".

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