La Audiencia Provincial absuelve a un hombre acusado de abusar de su hijastro en Tenerife
El investigado defendió siempre su inocencia y declaró que la denuncia «fue un invento» de la familia de su expareja

El acusado, en un momento de su delcaración en el juicio celebrado en la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife. / M. Á. A.

La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha absuelto a un hombre que estaba acusado de un delito continuado de abuso sexual con penetración, supuestamente cometido entre los años 2016 y 2017 sobre el hijo de su entonces pareja sentimental, mayor de edad pero con un trastorno de desarrollo intelectual y un grado de discapacidad del 66%. El juicio se celebró a mediados del mes de junio del pasado año y la sentencia absolutoria fue notificada a comienzos de este año.
La acusación se sustentaba, esencialmente, en la declaración del denunciante, complementada por testimonios indirectos de familiares y una pericial psicológica forense. Sin embargo, el tribunal concluye en el fallo que «la actividad probatoria no alcanza el estándar de certeza exigible en el proceso penal para desvirtuar la presunción de inocencia».
La Sala realiza un análisis exhaustivo de la credibilidad del testimonio de la víctima conforme a la consolidada jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional, recordando los tres criterios clásicos: ausencia de incredibilidad subjetiva, verosimilitud del relato y persistencia en la incriminación. Aunque no aprecia de forma concluyente un móvil espurio inicial, el fallo recoge que el testimonio del denunciante presenta graves debilidades: «cambios sustanciales en las versiones ofrecidas, se retracta en sede policial, hay falta de concreción temporal y ausencia de corroboraciones periféricas objetivas».
El fallo considera especialmente relevante la «conducta errática del denunciante a lo largo del tiempo». Tras una primera denuncia en enero de 2018, la retiró pocos días después, negando los hechos y atribuyéndolos a la influencia de terceros. Tres años más tarde, en 2021, la denuncia fue reactivada, coincidiendo con la ruptura definitiva de la relación sentimental entre el acusado y la madre del denunciante, lo que introduce, según el tribunal, un contexto que «refuerza la existencia de una duda razonable».
El acusado, por su parte, siempre defendió su inocencia y alegó que la denuncia «fue un invento» de la familia de su expareja. «Desde el minuto uno de empezar la relación con su madre, tuve problemas con los chicos y su familia». «Estuvieron muchos años viviendo con su abuela y sus tíos, han estado influenciados por ellos».
De hecho, el abogado Antonio Perera, que se encargó de la dirección letrada de defensa, aludió en la vista oral a dos denuncias presentadas por la familia de la expareja sentimental de su cliente por unas supuestas lesiones que se habrían producido con anterioridad a los hechos que se juzgaban ahora. Ambas denuncias fueron archivadas y tanto la pareja como los hijos de ella continuaron la convivencia hasta que se rompió en 2021. Para el acusado, todas las denuncisa respondían a rencillas familiares. «La familia de quien era mi pareja nunca me pudo ver», declaró.
Los testimonios de los familiares, lejos de corroborar el relato de la supuesta víctima, fueron contradictorios entre sí y, en su mayoría, de referencia. Incluso el único testigo que afirmó haber presenciado los hechos incurrió en contradicciones relevantes, llegando a reconocer que no residía en el domicilio en las fechas en las que supuestamente ocurrieron los abusos. La pericial psicológica, por su parte, no aportó tampoco elementos objetivos suficientes que permitieran sostener una condena sin más elementos probatorios.
El tribunal concluye con un fallo que absolutorio al considerar que «no queda acreditada la comisión de los hechos imputados, ni su reiteración, generándose una duda razonable que debe resolverse a favor del acusado».
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