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Medio Natural

El Seprona levanta 55 denuncias a empresas de turismo activo en el Parque Nacional del Teide

Las sanciones responden a irregularidades en quads y parapentes o la observación de las estrellas dentro la estrategia de un mayor control de las infracciones en los espacios naturales protegidos de Tenerife

El Seprona, en plena actuación en los montes de Tenerife

El Seprona, en plena actuación en los montes de Tenerife / Andrés Gutiérrez

Santa Cruz de Tenerife

Agentes de la Guardia Civil pertenecientes al Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) en Tenerife levantaron 55 actas de sanción a empresas de turismo activo que ejercen su actividad en el Parque Nacional del Teide. Las sanciones responden a irregularidades en el tránsito de quads fuera de las pistas habilitadas, el lanzamiento de parapentes en zonas prohibidas o la observación de las estrellas desde puntos no autorizado. Se trata de operativos vinculados a la estrategia de una mayor vigilancia y control de los espacios naturales protegidos de la Isla.

Preventivas, disuasorias y sancionadoras

Los efectivos policiales llevaron a cabo diversas inspecciones con carácter preventivo, disuasorio y sancionador, cuyo objetivo era garantizar el cumplimiento de la normativa vigente. Verificaron que las empresas disponían de las autorizaciones administrativas obligatorias para cada actividad y comprobaron el cumplimiento de la normativa específica del Parque Nacional del Teide. Los operativos buscaban garantizar la seguridad de clientes y guías, proteger el medio ambiente y luchar contra el intrusismo laboral o la competencia desleal.

Motivos muy distintos

Durante las inspecciones realizadas en aquellas empresas que se dedican a ofrecer diferentes servicios como rutas en quads, parapente, escalada, observación de estrellas, etc., entre otras, se tramitaron las 55 denuncias administrativas. Los motivos fueron variados Desde infracciones relacionadas con el ejercicio de actividades de turismo activo sin autorización administrativa ni permiso o en zonas no permitidas; el acceso a senderos o espacios de uso restringido, así como el incumplimiento de las condiciones de seguridad: equipamiento adecuado, carecer de seguro, guías sin habilitación necesaria, etcétera. Las denuncias fueron remitidas a las diferentes Autoridades y Administraciones Públicas competentes en la materia.

Control de vehículos por la Guardia Civil en el Parque Nacional del Teide

Control de vehículos por la Guardia Civil en el Parque Nacional del Teide / Arturo Jiménez

Gran valor ecológico

La Guardia Civil recuerda que el Parque Nacional del Teide es un espacio natural con un gran valor ecológico, declarado en el año 2007 Patrimonio Mundial de la Humanidad. Además, se trata de uno de los parques nacionales más visitados de Europa (5,2 millones de turistas al año), lo cual refuerza la exigencia de protección, ya que su conservación depende del cumplimiento estricto de la normativa reguladora tanto por parte de empresas como de los propios visitantes.

Normativa

  • Ley 14/2009 de 30 de diciembre, por la que se modifica la ley 7/1995 de 6 de abril, de ordenación del turismo de Canarias.
  • Decreto 138/2025, de 27 octubre, por el que modifica el Reglamento por el que se establece el régimen jurídico para el desarrollo de las actividades de turismo activo, aprobado por el Decreto 226/2017 de 13 de noviembre.
  • Decreto 182/2025, 01 diciembre, por el que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional del Teide.

Sanciones

  • En las infracciones leves, hasta 1.500 euros.
  • En las graves: Entre 1.501 y 30.000 euros.
  • En las muy graves: Entre 30.001 y 300.000 euros.

La suspensión temporal de actividades o del ejercicio profesional, se impondrá en los supuestos de infracciones muy graves, como sanción principal o accesoria a la multa, en la siguiente forma:

  • Entre un día y seis meses de suspensión, cuando exista reincidencia en la comisión de faltas graves.
  • Entre seis meses y un año de suspensión, cuando exista reincidencia en las faltas muy graves.

Además, la ley 42/2007 de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad contempla estas sanciones:

  • Infracciones leves, con multas de 100 a 3.000 euros
  • Infracciones graves, con multas de 3.001 a 200.000 euros.
  • Infracciones muy graves, multas de 200.001 a 2.000.000 de euros, sin perjuicio de que las comunidades autónomas puedan aumentar el importe máximo.

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