Rutas en quad, parapente y observación de estrellas, en el punto de mira de la Guardia Civil en el Teide
Los agentes han intensificado los controles a las empresas de actividades turísticas y han propuesto 55 sanciones

El Día

Agentes de la Guardia Civil pertenecientes al Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) en la isla de Tenerife, han intensificado la vigilancia y control de las empresas de turismo activo que ejercen su actividad en el Parque Nacional del Teide, realizando diversas inspecciones con el objetivo de garantizar el cumplimiento de la normativa vigente al respecto.
Las inspecciones tienen un carácter preventivo, disuasorio y sancionador, los agentes del Seprona verifican que las empresas disponen de las autorizaciones administrativas obligatorias para cada actividad, comprueban el cumplimiento de la normativa específica del Parque Nacional del Teide, tratando de garantizar la seguridad de clientes y guías, proteger el medio ambiente y luchar contra el intrusismo laboral y/o competencia desleal.
Durante las inspecciones realizadas en aquellas empresas que se dedican a ofrecer diferentes servicios como rutas en quads, parapente, escalada, observación de estrellas, etc., entre otras, se han tramitado un total de 55 denuncias administrativas por diferentes infracciones relacionadas con el ejercicio de actividades de turismo activo sin autorización administrativa/permiso o en zonas no permitidas, acceso a senderos o zonas de uso restringido, incumplimiento de las condiciones de seguridad: equipamiento adecuado, carecer de seguro, guías sin habilitación necesaria, etc. Las denuncias han sido remitidas a las diferentes Autoridades y Administraciones Públicas competentes en la materia.
La Guardia Civil recuerda que el Parque Nacional del Teide es un espacio natural con un gran valor ecológico, declarado en el año 2007 Patrimonio Mundial de la Humanidad. Además, es uno de los parques nacionales más visitados de Europa, lo cual refuerza su exigencia de protección, ya que su conservación depende del cumplimiento estricto de la normativa reguladora tanto por parte de empresas como de los propios visitantes.
Sanciones:
- En las infracciones leves, hasta 1.500 euros.
- En las graves: Entre 1.501 y 30.000 euros.
- En las muy graves: Entre 30.001 y 300.000 euros.
La suspensión temporal de actividades o del ejercicio profesional, se impondrá en los supuestos de infracciones muy graves, como sanción principal o accesoria a la multa, en la siguiente forma:
- Entre un día y seis meses de suspensión, cuando exista reincidencia en la comisión de faltas graves.
- Entre seis meses y un año de suspensión, cuando exista reincidencia en las faltas muy graves.
Además, la ley 42/2007 de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad contempla estas sanciones:
- Infracciones leves, con multas de 100 a 3.000 euros
- Infracciones graves, con multas de 3.001 a 200.000 euros.
- Infracciones muy graves, multas de 200.001 a 2.000.000 de euros, sin perjuicio de que las comunidades autónomas puedan aumentar el importe máximo.
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