Estafa y organización criminal
‘Hackers’ con sede en Arona se embolsaron casi dos millones
El Supremo ratifica la pena de seis años de prisión para los acusados e impone una indemnización de 2,5 millones por los daños a las víctimas

Imagen de archivo de un juicio en la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife. / E. D.

Durante dos años, entre mayo de 2019 y mayo de 2021, una organización criminal con base en el sur de Tenerife, en concreto en el municipio de Arona, desarrolló una actividad delictiva sostenida, metódica y con una gran especialización. No se dedicaron a dar golpes aislados ni improvisados. Era una organización dedicada a defraudar dinero a miles de personas que picaron en el engaño. Al final, el grupo que conformaba la cúspide de esta red fue detenido, encarcelado y juzgado por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife. Las pruebas contra ellos eran tan abrumadoras que aceptaron llegar a un acuerdo con la Fiscalía, validando todos los extremos de su informe incriminatorio a cambio de una reducción de la petición de condena inicial propuesta por el Ministerio Público. Los seis encausados fueron condenados a seis años de prisión y una indemnización de 1,7 millones de euros por los delitos de estafa (cuatro años) y pertenencia a organización criminal (dos años).
El tribunal describió en su sentencia un entramado estable, jerarquizado y con reparto de funciones, cuyo objetivo era uno solo: obtener dinero mediante transferencias bancarias no autorizadas y hacerlo desaparecer del circuito financiero tradicional.
La estructura tenía varios niveles. En la cúspide, los acusados que coordinaban la operativa y tomaban las decisiones. En los escalones inferiores, hackers encargados de la captación de víctimas y una extensa red de intermediarios financieros -más de 114 personas- que prestaban sus cuentas bancarias a sabiendas del origen ilícito del dinero. Estas mulas bancarias (como se conoce en el argot policial a quienes realizan este papel en las organizaciones dedicadas a las estafas financieras) permitían recibir los fondos defraudados sin levantar alertas inmediatas y facilitaban su posterior retirada en efectivo o su redistribución.
El fraude comenzaba casi siempre del mismo modo. La víctima recibía un SMS que simulaba proceder de su entidad bancaria, alertando de un problema de seguridad o de un acceso sospechoso. El mensaje incluía un enlace. Al pulsarlo, el usuario accedía a una página web falsa, idéntica a la oficial, donde introducía sus credenciales. En ocasiones, el engaño se completaba con una llamada telefónica de un supuesto gestor que solicitaba el código de verificación enviado por el banco. Con esos datos, la organización accedía a la banca online y ordenaba transferencias sin consentimiento.
Para garantizar el éxito de la operación, el grupo recurría al duplicado de tarjetas SIM. Al activar una segunda tarjeta asociada al número de la víctima, dejaban inoperativa la línea original y recibían ellos mismos los mensajes de confirmación de las operaciones bancarias. Durante ese tiempo, el titular solo percibía que su teléfono se había quedado sin cobertura.
La trama defraudó a miles de personas a través de SMS con los que accedían y desvalijaban las cuentas bancarias de las víctimas
Una vez ejecutada la transferencia, el dinero iniciaba un recorrido complejo. Pasaba por cuentas de mulas, se fragmentaba en múltiples envíos, se retiraba en cajeros automáticos o se transformaba en criptomonedas a través de plataformas de intercambio. La sentencia describe con detalle el uso de exchanges, billeteras digitales y monederos fríos tipo ledger, fácilmente transportables y difíciles de rastrear. Parte de los fondos se remitían fuera de España, especialmente a Italia, donde se encontraban otros miembros de la organización que no pudieron ser identificados durante las investigaciones practicadas en la instrucción.
El relato fáctico es exhaustivo: fechas, importes, números de cuenta, operaciones fallidas y exitosas, reintegros en efectivo y compras de criptoactivos. De ese análisis minucioso surge la primera cifra clave del caso: 1,70 millones de euros. Esa cantidad es el dinero directamente defraudado, el que salió de las cuentas de las víctimas españolas e italianas como consecuencia inmediata del engaño.
Pero la causa no se agotó ahí. La Audiencia Provincial abordó también la responsabilidad civil derivada del delito, que exigía una visión más amplia. No bastaba con identificar el fraude: había que reparar a todos los perjudicados. En ese cálculo se incluyeron las cantidades individualizadas de numerosas víctimas, operaciones específicas como la sufrida por una empresa a través de la manipulación de su cuenta en una plataforma de comercio electrónico, y los intereses legales correspondientes. El resultado fue imponer una indemnización global fijada en más de 2,53 millones de euros. Ambas cifras responden a planos distintos del procedimiento: la primera mide el daño patrimonial causado por la estafa, y la segunda cuantifica el coste total de su reparación.
Ante el relato probatorio tan detallado de la Fiscalía, los acusados optaron por llegar a una sentencia de conformidad. Aceptaron los hechos, la calificación jurídica y las penas: cuatro años de prisión por estafa continuada agravada y dos años por pertenencia a organización criminal, además de multas personales en función de su grado de vinculación con la trama. A pesar del acuerdo, la sentencia podía ser recurrida en apelación, y eso hicieron las defensas de los seis condenados, pero el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) confirmó el fallo en todos los extremos.
Los condenados acudieron al Tribunal Supremo en casación. No cuestionaron los hechos ni las cifras económicas, ya blindados por la sentencia de conformidad. El recurso se centró en aspectos jurídicos: la regularidad del procedimiento seguido, la validez del consentimiento prestado y la eventual vulneración del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva. También se discutió, desde un plano estrictamente legal, el alcance del pronunciamiento civil.
El Supremo rechazó todos los motivos del recurso, avaló que la conformidad fue libre, que no existió indefensión y que tanto las penas como la indemnización se ajustaban a la legalidad.
Suscríbete para seguir leyendo
- El tranvía de Tenerife sufre un descarrilamiento a la altura de Taco
- Adeje suspende la Fiesta de San Sebastián tras decretarse tres días de luto oficial por el accidente ferroviario en Andalucía
- Los 'semáforos inteligentes' causan retenciones en los accesos a la TF-5
- La ecotasa en el Parque Nacional del Teide entra en vigor desde este lunes
- La Aemet anuncia lluvias persistentes en Tenerife con vientos muy fuertes en el Teide
- Un jueves pasado por agua: la Aemet avisa de posibles chubascos moderados en Tenerife
- El guachinche perfecto para los amantes de la carne a la brasa está en este municipio de Tenerife: más de 25 años y calidad-precio inigualable
- La Guardia Civil multa a los conductores tinerfeños por no usar o encender antes de tiempo esta señalización: sanciones de 200 euros