Reclama al Estado 60.000 euros por una detención «desmedida»
El demandante denunció a los agentes por allanamiento de morada, falsedad documental, detención ilegal, tortura y lesiones leves

Archivo - Agentes de la Guardia Civil. / GUARDIA CIVIL - Archivo

Un vecino de Arona demanda al Estado, en concreto al Ministerio del Interior, a quien reclama una indemnización de 60.000 euros por los presuntos daños morales que sufrió tras ser detenido por dos agentes de la Guardia Civil en su domilicio a los que acusa de allanamiento de morada, falsedad documental, detención ilegal, tortura y lesiones leves.
El asunto ha tenido un largo recorrido judicial desde que el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cuatro de Arona instruyó las diligencias y se enjuició en la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife. La sentencia de este tribunal condenó a los dos agentes por el allanamiento de morada pero fueron absueltos del resto de cargos. Por su parte, el denunciante fue absuelto por atentado y lesiones.
La sentencia fue recurrida al Tribunal Supremo por la representación letrada de los guardias civiles y la Sala Segunda estimó parcialmente el recurso, absolviendo a los agentes del allanamiento. Por tanto, ninguno de los implicados fue condenado.
Recurso al Contencioso
Sin embargo, el ciudadano recurrió de nuevo el caso, en esta ocasión ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, para dilucidar «si existió una actuación antijurídica de los agentes que el demandante no tenía el deber de soportar».
El tribunal parte del argumento del Supremo que legitima la detención del ahora demandante «ante una conducta irrespetuosa y desafiante a los agentes» tras provocar un conflicto previo en las zonas comunes de la urbanización en la que reside y es presidente.
Se alertó a la Guardia Civil y los agentes trataron de identificarlo, pero como no tenía la documentación lo acompañaron a su piso para identificarle. Los agentes requisaron el móvil de la esposa al estar grabándoles y detuvieron al hombre por insistir en su conducta.
Ahora, la sala avala al Supremo, que indica que la entrada en el piso fue «fugaz» para incautar la cámara y practicar la detención.
El tribunal desestima la reclamación patrimonial al Estado y le condena expresamente a costas.
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