Condenados a 22 años de prisión en Tenerife por guiar un cayuco con un fallecido
La Audiencia Provincial ratifica la acusación de la Fiscalía por los delitos de favorecimiento de la inmigración, homicidio impudrente y lesiones

A la derecha el intérprete, junto a los tres acusados durante un momento del juicio. / M. Á. A.

La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha condenado a tres ciudadanos de nacionalidad senegalesa por su participación en una travesía marítima irregular que culminó con la llegada de un cayuco al puerto de La Restinga, en la isla de El Hierro, con uno de sus ocupantes fallecido y otro con lesiones. El tribunal les impone siete años y cuatro meses de prisión a cada uno, 22 años de privación de libertad en total para los tres, por un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, un homicidio por imprudencia grave y otro de lesiones por imprudencia grave.
La Sección Sexta declara probado que los tres condenados no viajaban como simples pasajeros, sino que asumieron el gobierno de la embarcación por encargo de los organizadores del viaje tras el cobro de dinero a los ocupantes para trasladarlos desde la costa africana a Canarias.
El cayuco partió desde Mauritania con 47 personas a bordo, entre ellas dos menores de edad. La embarcación era precaria, inadecuada para la navegación en alta mar y sin medios de seguridad suficientes para los ocupantes, que viajaron hacinados.
Escasez de agua y alimentos
La travesía se prolongó durante varios días, sin que se concrete cuántos. Los ocupantes padecieron escasez de agua y víveres durante todo el trayecto, por lo que el tribunal vincula directamente esa falta de recursos con el deterioro físico progresivo que sufrieron los pasajeros, algunos de los cuales requirieron asistencia sanitaria al llegar a tierra.
Uno de los migrantes falleció durante el viaje y otro sufrió lesiones que precisaron atención médica por úlceras en los glúteos al permanecer largo tiempo sentado sobre un tablero de madera empapado con agua de mar, deshidratación, hipotermia e hipermatrenia. Hubo otros lesionados, pero sin que sus dolencias tuvieran peso jurídico.
La llegada del cayuco al puerto de La Restinga se produjo el 24 de junio de 2024. Poco después de arribar, agentes de la Policía tomaron declaración a varios ocupantes, incorporando su testimonio al atestado. En esas primeras declaraciones, algunos pasajeros identificaron a los acusados como los que ejercieron el papel de patrones. El tribunal subraya la relevancia de esas manifestaciones por su «proximidad temporal a los hechos», aunque luego los testigos realizaron matizaciones.
Durante el juicio oral, las defensas cuestionaron el valor probatorio de esas declaraciones, alegando el estado físico y emocional de los testigos tras varios días en el mar y señalaron las discrepancias con manifestaciones posteriores. La Audiencia Provincial, en cambio, concluyó que las variaciones de esos testimonios no afectaban al núcleo esencial del relato, de hecho el tribunal valoró de forma positiva que algunos de ellos corrigieran o precisaran lo dicho cuando no tenían una certeza absoluta.
Uno de los ocupantes del cayuco explicó que su vida corría peligro en Senegal por ser de creencia cristiana, lo que influyó para embarcarse en el cayuco. El fallo recoge este testimonio como parte del conjunto probatorio, sin otorgarle un valor determinante para la condena. De hecho, según las defensas, evidenciaron contradicciones en su relato.
Las defensas plantearon vulneraciones del derecho de defensa y pidieron la nulidad de la causa como cuestiones previas aunque el tribunal las desestimó en su totalidad.
Aunque la resolución no reconstruye la travesía, deja constancia de una navegación prolongada, realizada en una embarcación sobrecargada y sin medios de seguridad suficientes, con una escasez persistente de agua y alimentos que tuvo consecuencias graves para algunos de sus ocupantes y un desenlace fatal para uno de los ocupantes.
La resolución no es firme y será recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) según ha avanzado una de las defensas.
No hubo autopsia, se validó un informe externo
El cadáver del migrante que llegó a La Restinga en un cayuco con otros 47 ocupantes en junio de 2024, fue remitido al médico forense en la isla para practicarle la autopsia que determinara las causas del óbito. Sin embargo, el facultativo no llevó a cabo un pormenorizado examen pericial, no abrió el cuerpo ni analizó las vísceras ni tomó muestras más allá de la extracción de sangre «para una prueba de ADN». El forense se limitó a cumplimentar un informe que concluyó que la causa de la muerte se debió a un fallo multiorgánico derivado de una deshidratación grave, compatible con las circunstancias de un viaje de varios días de duración. En su declaración en la vista asumió que no pudo imprimir el informe, pero dijo que el «cadáver era el de un varón atlético de unos 80 kilos». Era evidente que no se acordaba, porque el cadáver pesó 50 kilos. La abogada SaraRodríguez, que defiende a uno de los acusados, preguntó si con examen podía saber si la víctima padecía patologías previas graves y el forense dijo que «no».
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