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El abogado inmobiliario de Tenerife Juan David Cruz aclara una duda clave para los propietarios: "Sirve para cubrir desperfectos al finalizar el contrato de alquiler"

El experto responde a una de las preguntas más frecuentes de los clientes de la asesora inmobiliaria Mariela González acerca de las viviendas en alquiler

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VÍDEO: SARA FERNÁNDEZ | FOTO: JOSÉ LUIS ROCA

Luis Miguel Mora

Luis Miguel Mora

Los propietarios que ponen en alquiler sus viviendas siempre tienen muchas dudas, como señala la asesora inmobiliaria Mariela González (@marielagonzalezrealtor1). La mayoría de estas preocupaciones están relacionadas con la protección frente a impagos, los desperfectos y las garantías que deben ofrecer los inquilinos. Ahora, el abogado tinerfeño especializado en derecho inmobiliario, Juan David Cruz Torres (@pinedoycruzabogados), ha aclarado una de las preguntas más habituales en este ámbito.

En un vídeo publicado en sus redes sociales, Mariela González y Juan David Cruz explican un concepto que pocas veces se tiene claro. ¿Es posible solicitar una garantía adicional a la fianza en el momento de firmar un contrato de alquiler? Muchos inquilinos que desconocen lo que es piensan que esta práctica no es legal, cuestionan la cláusula y se niegan a abonar esa garantía extra cuando se les exige.

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En pleno repunte de la demanda de vivienda en alquiler en toda Canarias, los arrendatarios buscan protegerse frente a impagos o desperfectos. Por esta razón, "es normal que los propietarios tengan miedo de alquilar, precisamente por el impago o porque les destrozan el piso", dice Cruz.

La garantía adicional es legal, pero tiene que ser pactada

Cada vez más personas optan por el uso de garantías adicionales junto a la fianza tradicional. Esta última es obligatoria y está regulada por la Ley de Arrendamientos Urbanos. En los contratos de vivienda se exige un mes de fianza, mientras que en locales comerciales son dos meses. Su función es cubrir daños o desperfectos al finalizar el contrato, además de posibles impagos.

Aparte de este pago, en muchos contratos se incluye la 'Garantía adicional', que es depósito extra que el inquilino entrega al propietario para cubrir posibles incumplimientos, como impagos de renta o daños en la vivienda, que va más allá de la fianza legal obligatoria

La diferencia entre ambas es que la primera es obligatoria por ley y la segunda, debe ser consensuada por propietario e inquilino. El abogado Juan David Cruz aclara cuáles son los límites legales y cómo funciona realmente este mecanismo.

Así funciona la garantía adicional en los contratos de alquiler

Los propietarios buscan herramientas legales que les aporten seguridad en un mercado en el que la rotación de inquilinos es elevada y la vivienda disponible es limitada. La LAU permite que propietario e inquilino acuerden garantías extra, aunque con una cuantía razonable y proporcional para evitar abusos. Se trata de una práctica cada vez más común, especialmente en viviendas muy demandadas o en perfiles de inquilinos sin contrato fijo.

El abogado explica que el pago no tiene ni cantidad ni duración: "Se puede solicitar una garantía adicional. Esto puede ser de un mes, dos meses, lo que libremente pacten las partes". El depósito extra puede utilizarse para cubrir impagos, pero también para reparar desperfectos no incluidos en la fianza, siempre que esté recogido en el contrato.

Este concepto adicional a las fianzas aporta seguridad jurídica tanto a arrendadores como a quienes buscan una vivienda en un mercado cada vez más competitivo. Por eso, si ves alguna vez en una contrato de alquiler las palabras 'Garantía adicional', no te asustes, porque es legal que te lo pongan, siempre que no se pasen con el dinero.

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