La Policía Local de Icod acude a la justicia para exigir prácticas de tiro y ropa
Los sindicatos presentan un recurso contencioso-administrativo contra el Ayuntamiento para que cumpla con la normativa de riesgos laborales

Pantalón roto de un policía local de Icod / El Día

Los sindicatos CSIF y UGT presentaron el pasado 11 de noviembre un recurso contencioso-administrativo contra el Ayuntamiento de Icod de los Vinos para reclamar una renovación del equipamiento y la indumentaria, así como para que facilite las prácticas de tiro obligatorias de los integrantes de la Policía Local.
La acción se produce después de que la corporación no respondiera a un escrito presentado por ambas organizaciones con las mismas demandas el pasado mes de junio, apuntan.
Recuerdan los sindicalistas que las prácticas de tiro deben hacerse, como mínimo, cada seis meses. Y el entrenamiento con otros medios defensivos se tiene que realizar, al menos, una vez al año.
Normativa
Así se contempla en el Decreto 20/2020, de 5 de marzo, que unifica la utilización de los medios técnicos y defensivos de los cuerpos de seguridad en Canarias. Según las fuentes consultadas, hace un año y medio que los agentes no tienen prácticas de tiro ni entrenamiento con medios defensivos.
El CSIF explica que tal incumplimiento del consistorio no sólo genera una responsabilidad por incumplir el ordenamiento jurídico, sino que pone en riesgo la seguridad e integridad física del personal y compromete la eficacia de sus funciones.
Aclara que dicha formación debe «programarse, computarse y retribuirse como parte de la jornada ordinaria del agente».
Prevención de riesgos laborales
Y, si no, la corporación deberá pagar una retribución adicional o tiempo de descanso equivalente. Si se incumple con esta norma, se puede incurrir en una infracción grave en prevención de riesgos laborales.
Algunos agentes municipales aseguran que no les reponen pantalones rotos o botas deterioradas
Otra de las demandas que se incluye en el recurso contencioso-administrativo está relacionada con los equipos de protección individual, las prendas de los uniformes o el calzado que debe suministrarse cada cierto tiempo a los integrantes de la plantilla de la Policía Local.
Algunos agentes afirman que tienen que trabajar con pantalones rotos o botas deterioradas.
Según la Ley de Protección de Riesgos Laborales, la administración municipal está obligada a garantizar a sus trabajadores «la utilización efectiva de los equipos de protección individual cuando, por la naturaleza del trabajo, los riesgos no puedan evitarse o eliminarse suficientemente por otros medios».
Chalecos antibalas
Para el CSIF, los policías locales tienen funciones de seguridad pública y visibilidad institucional, «lo que exige un suministro periódico y suficiente de prendas técnicas, calzado homologado, prendas de alta visibilidad, chalecos antibalas, guantes anticorte y cualquier otro equipo necesario para garantizar su integridad física».
A todo ello suman la convocatoria urgente de una reunión con la mesa de representación sindical para establecer un calendario de ejecución y seguimiento de estas obligaciones.
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