La abogada inmobiliaria más famosa de Tenerife revela la ley que beneficiaría a los propietarios a partir de 2026: podrás echar a los okupas de una vivienda
La letrada Cristina Ruiz (@crisprudentia), explica cómo a partir del año que viene se deroga esta ley tan importante, pero que el Gobierno podría renovar de esta manera

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Los propietarios de un inmueble podrían decir adiós a una de sus máximas preocupaciones a partir de 2026. El próximo año se derogará el Real Decreto Ley que suspendía los desahucios en casos de vulnerabilidad del inquilino. Así lo ha explicado la abogada inmobiliaria tinerfeña Cristina Ruiz (@crisprudentia), de Iurisprudentia Abogados, quien también ha informado del procedimiento legal que debe seguir la normativa.
Cuando una persona que vive de alquiler deja de pagar la mensualidad, se convierte en un inquiokupa. Este era uno de los problemas de los arrendadores, quienes siempre estaban muy atentos a que se cumpliera con el pago mensual, ya que, en caso de no hacerlo, no podían desalojar a ese inquiokupa.
La situación se complica cuando este está en situación de vulnerabilidad, porque hacía que esto fuera imposible. Ahora, todo desaparecerá y se volverá a la situación de antes.
Podrían volver los desalojos a los okupas vulnerables
La suspensión de los desahucios por vulnerabilidad del inquilino es una de las medidas clave del escudo social de alquileres en España. Sin embargo, en cuanto acabe este 2025 entrará en una fase de incertidumbre. Como explicó la abogada inmobiliaria en Tenerife, "ya este año deja de prorrogarse el real decreto ley que suspende los desahucios por vulnerabilidad del inquilino".
Ella explica que al tratarse de un Real Decreto que emite el Gobierno, tiene que ser convalidado por el Congreso en un plazo de los 30 días posteriores a su aprobación en el Consejo de Ministros. En 2026, existe riesgo de que esta vez no se renueve.
Así funciona la ley
El actual marco legal se basa en el Real Decreto Ley 1/2025 (de 28 de enero de 2025) que suspendió los procedimientos de lanzamiento y desahucio para inquilinos en situación de vulnerabilidad hasta el 31 de diciembre de 2025. Para que se hiciera efectivo, los inquilinos debían cumplir unos requisitos:
- Estar en situación de vulnerabilidad económica sin alternativa habitacional.
- La vivienda debe ser su domicilio habitual, alquilada según la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).
- La suspensión también se aplica en casos de ocupación ilegal por parte de grandes tenedores (más de 10 viviendas).
A su vez, la norma contempla que los propietarios puedan solicitar una compensación por la duración de la suspensión hasta el 31 de enero de 2026. Para ellos, esta ley les perjudica claramente porque la medida implica:
- Imposibilidad de iniciar o continuar un procedimiento de desahucio por impago o finalización del contrato si el inquilino acredita vulnerabilidad.
- Necesidad de tramitar compensaciones y documentos para recibir indemnización, lo que genera trámites administrativos y posibles demoras.
- Un entorno de inseguridad jurídica y posible retirada de la oferta de alquiler por parte de algunos arrendadores preocupados por el riesgo.
A partir del año que viene, la normativa entra en dos caminos. Por un lado, el Gobierno puede prorrogar la suspensión con nuevo decreto para 2026, lo que mantendría el estado actual. Por otro, la norma no se convalidará o sustituida por otra, lo que permitiría que los lanzamientos se reanuden a partir del 1 de enero de 2026 de forma progresiva.
Queda esperar a que el Gobierno anuncie las nuevas medidas del escudo social para 2026.
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