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Un franquiciado en Tenerife demanda a su inmobiliaria por «engañarle»

El empresario no contó con la asesoría prometida por la matriz, que autorizó también la apertura de otras oficinas de la misma marca en la isla

Dos personas miran los anuncios de una inmobiliaria.

Dos personas miran los anuncios de una inmobiliaria. / Zowy Voeten

Miguel Ángel Autero

Miguel Ángel Autero

Santa Cruz de Tenerife

Lo que empezó como la oportunidad de emprender bajo una marca consolidada ha terminado en un proceso judicial por presunto fraude de franquicia. Un tinerfeño que hasta hace pocos años trabajaba como taxista, demanda a una conocida firma inmobiliaria acusándola de ocultar información, incumplir sus obligaciones contractuales y actuar de mala fe. La denuncia, presentada en el Juzgado de Primera Instancia número 46 de Barcelona por el abogado Alfonso Delgado [que representa al franquiciado], describe cómo la empresa atrajo a nuevos franquiciados con promesas de éxito y apoyo técnico que «nunca existieron».

Sostiene que la inmobiliaria le ofreció abrir una oficina de la marca en Adeje en 2022, pese a que carecía de experiencia en el sector. «La supuesta formación y los manuales de trabajo se reducían a una presentación corporativa genérica», denuncia. «No había un método real, ni un modelo de negocio propio».

El franquiciado asegura que no recibió la información precontractual obligatoria que la ley exige a las franquiciadoras, ni informes sobre la red existente ni la evolución del negocio. Tampoco -dice- hubo formación especializada ni asesoría técnica una vez abierta la oficina, algo que la normativa española y el Código Deontológico Europeo de la Franquicia consideran esenciales para garantizar la viabilidad del sistema.

El conflicto escaló cuando el franquiciado descubrió que la inmobiliaria había autorizado la apertura de otras oficinas bajo el mismo nombre en Santa Cruz de Tenerife y La Laguna, zonas donde -según el contrato- él tenía exclusividad territorial.

Además acusa a la empresa de haber creado un sistema paralelo llamado internamente «segundo negocio», que permitía a terceros usar el logo y la plataforma digital de la marca sin cumplir las normas exigidas a los franquiciados. «Era una competencia directa, promovida por la propia matriz», señala el abogado, que califica la actuación como de «flagrante mala fe empresarial».

Ante la falta de rentabilidad, el denunciante afirma que viajó a Barcelona para reunirse con los directivos de la franquicia, quienes [según su versión] le pidieron aguantar unos meses más y le prometieron que, si la oficina seguía sin beneficios, podría cerrarla sin penalización. Cumplió su parte y cerró el local. Pero poco después, la franquiciadora lo demandó por incumplimiento de contrato.

Ahora, el tinerfeño responde con una reconvención: el franquiciado reclama la nulidad del contrato por «vicio en el consentimiento» y una indemnización total de 36.059 euros, que incluye el canon de adhesión, las reservas de futuras franquicias y los costes de formación externa que tuvo que asumir por su cuenta.

Según el empresario tinerfeño, la franquicia no cumplió con ninguno de los requisitos legales y su abogado invoca la doctrina del Tribunal Supremo sobre la «excepción de contrato no cumplido», que permite al perjudicado suspender sus obligaciones si la otra parte incumple previamente las suyas. Así, pide al juzgado que declare la nulidad del contrato o resuelva el incumplimiento, con condena a la franquicia.

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