El TSJC confirma una pena de ocho años de prisión a un agresor sexual
La víctima, que quedó con secuelas psicológicas tras la violación, es una menor de edad con una discapacidad reconocida del 51%

Placa de la sede del TSJC / El Día

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha confirmado la condena de ocho años de prisión impuesta a un hombre por un delito de agresión sexual cometido contra una menor de 16 años con un grado de discapacidad del 51%.
La Sala de lo Penal desestima íntegramente el recurso presentado por la defensa del acusado contra la sentencia dictada por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, que ya había considerado probado que el hombre se aprovechó del estado de embriaguez y vulnerabilidad de la víctima para someterla sexualmente. El letrado José Manuel Niederleytner fue quien dirigió la acusación particular contra el agresor condenado.
Los hechos se remontan al 5 de diciembre de 2022, cuando el condenado invitó a la menor a su vivienda situada en Frontera (El Hierro). La joven lo conocía desde hacía al menos cuatro años y confiaba en este hombre. Ella había acudido a esa casa en compañía de una amiga, sin embargo esta se marchó y la menor y el ahora condenado se quedaron a solas.
Este le ofreció varios combinados alcohólicos a la menor, que aceptó. El hombre empezó a dirigir la conversación hacia temas de índole sexual, siendo el procesado perfectamente consciente de la discapacidad de la joven que, además, estaba «en estado de embriaguez, mareada, confusa y con dificultades para hablar y mantener la consciencia».
El acusado la invitó a bailar e intentó besarla, pero la joven lo apartó. Entonces, se sentó en un sillón y sentó a la menor encima de sus piernas besándola.
Luego la llevó al dormitorio, la desnudó y le hizo tocamientos. Más tarde la trasladó al baño, la metió en la bañera, la untó con aceite y la violó. Por la noche, dejó a la joven cerca de donde residía. Una mujer y su hija auxiliaron a la víctima y la trasladaron al centro de salud, desde el cual fue evacuada al hospital siendo atendida en un grave estado de ansiedad. La víctima presenta secuelas psicológicas por estos hechos.
La Sala desestima recurso del condenado. El tribunal considera que la Audiencia Provincial valoró racionalmente las pruebas practicadas, incluyendo la declaración de la víctima, «coherente, persistente y sin contradicciones», los informes forenses y las pruebas genéticas.
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