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La Fiscalía mantiene la acusación contra Plasencia 15 años después por el caso de la Montaña de Taco

El Ministerio Público pide para el exedil de Santa Cruz de Tenerife y dos funcionarios 9 meses de cárcel y 10 años de inhabilitación por presuntas irregularidades urbanísticas y ambientales por las que les acusa de prevaricación urbanística

Estado de la Montaña de Taco.

Estado de la Montaña de Taco. / El Día

Miguel Ángel Autero

Miguel Ángel Autero

Santa Cruz de Tenerife

La Fiscalía mantiene, 15 años después de iniciar las investigaciones, su acusación contra el exconcejal de Urbanismo en el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, Norberto Plasencia (CC), el exsecretario de la Gerencia de Urbanismo, Víctor Reyes, y la asesora jurídica de este área, Ana Toval, por el caso de la supuesta extracción ilegal de áridos en la Montaña de Taco tras la denuncia de una plataforma vecinal en 2010. La Fiscalía solicitó la apertura de juicio oral en 2022, pero la vista se suspendió entonces como también ocurrió ayer.

La Fiscalía pide para cada uno de ellos 10 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleo o cargo público y 9 meses de prisión como presuntos autores de un delito de prevaricación urbanística

El caso se centra en las presuntas irregularidades urbanísticas y ambientales relacionadas con la explotación de la cantera de la Montaña de Taco, con una superficie de 37.450 metros cuadrados y una zona de explotación de 35.336 metros. La actividad generó un desnivel de 80 metros de altura y en el fondo se instalaron plantas de áridos. 

Según el planeamiento urbanístico y territorial, los terrenos de la cantera presentan incompatibilidades de uso. Parte están clasificados como suelo urbano no consolidado, con uso residencial o recreativo, cuya ordenación aún está pendiente de planes especiales o parciales no tramitados. Otra parte está dentro del sistema general de parque urbano y el uso industrial está prohibido. El PGO de 1992 impedía otorgar licencias de uso o movimientos de tierra sin la aprobación del plan especial, mientras que el PIOT señalaba que debía incluir la restauración de las canteras.

Con todo ello, la Fiscalía sostiene que en este espacio se llevaron a cabo diferentes irregularidades respecto a la explotación y operación de plantas extractivas. En este sentido, la promotora inicial realizó extracciones de áridos fuera de los límites autorizados e incumplió el método de explotación y las condiciones de la Declaración de Impacto Ambiental, como el programa de vigilancia y la entrega de informes periódicos.

Abunda el Ministerio Público que una planta de clasificación de áridos operaba en el 2000 sin autorización administrativa incluso antes de elaborarse el informe de impacto ambiental. El caso se denunció y se ejecutó el cese de actividad.

Entre 2011 y 2012, se llevó a cabo una inspección en la zona y se detectó que otras dos empresas machacadoras y de extracción de áridos realizaban operaciones sin la debida licencia habilitante.

Una de ellas, a pesar de contar con una orden de cese de actividad en marzo de 2011 al no tener licencia de apertura, continuó la actividad, por lo que la autorización de instalación fue revocada en 2012 por no ejecutar el proyecto y realizar modificaciones. La actividad de la planta fue calificada como molesta, insalubre y nociva por parte del Cabildo de Tenerife, así como por informes ambientales municipales, debido a ruidos, vibraciones y polvo que padecían los vecinos de las zonas residenciales colindantes. La Fiscalía sostiene que se otorgaron licencias sin contar con informes técnicos favorables. 

Acusación y defensas

La Fiscalía considera en su escrito de acusación que Ana Toval elevó propuestas de resolución favorables a licencias y cambios de titularidad, a sabiendas de la existencia de informes técnicos disconformes y de que sus propuestas eran contrarias a la legalidad urbanística. Mantiene que Víctor Reyes dio su conformidad a estas propuestas y elaboró otras a pesar de conocer el sentido desfavorable de informes técnicos, dando una apariencia de legalidad. Por último, Norberto Plasencia concedió la licencia de apertura en 2002 y acordó cambios de titularidad siendo conocedor de los informes técnicos desfavorables.

Por su parte, los letrados de las defensas, Juan José Rodríguez, Ladislao Díaz y Esteban Sola Reche, sostienen que las licencias estaban condicionadas al cumplimiento de diversos requisitos, entre ellos que las licencias fueran provisionales hasta que el PGO determinara cómo se iba a desarrollar la zona dentro de la Montaña de Taco, que fuera establecida la actividad en la zona de uso industrial y no en la de Parque Urbano además del compromiso de rellenar el desnivel que existe en las diferentes zonas hasta llevarla a la cota 0.

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