Candelaria rechaza el decreto para agilizar las licencias de obras
La Alcaldía plantea que los informes técnicos preceptivos sean emitidos por los órganos municipales y no por personal ajeno a la administración.

Albañiles trabajando en una vivienda social. / María Pisaca
El Ayuntamiento de Candelaria no aplicará en el municipio el decreto ley que persigue agilizar la tramitación de licencias urbanísticas, que impulsan las consejerías de Obras Públicas y de Política Territorial del Gobierno de Canarias. La propuesta de la Alcaldía que aprobará el Pleno la semana próxima declara «el rechazo de los informes técnicos emitidos en régimen de colaboración y aportados a instancia directa del interesado», solicitante de una licencia de obra. El grupo gobernante mantendrá el carácter preceptivo de los informes técnicos a emitir por los órganos municipales en tales expedientes.
El informe jurídico que sustenta la propuesta llama la atención que el decreto ley contempla, «por primera vez», que «en un actividad sometida a licencia y, por tanto, al control previo de la Administración, se permite que el informe técnico lo aporte el administrado, o sea el controlado, y no la Administración, que es la que tiene la potestad de control y verificación de la legalidad del proyecto sometido a licencia».
Manda el externo
En el nuevo marco normativo, queda expuesto que el informe técnico emitido por la Administración «deja de ser preceptivo (puede no emitirse) si figura en el expediente el informe emitido por las entidades urbanísticas colaboradoras». El secretario municipal incide en que «prevalece el informe técnico externo, que si existe hace que no sea preceptivo ni necesaria la emisión de informe técnico por funcionario público». Al respecto, advierte que «el funcionario técnico de la Administración general encargado del informe jurídico debe confiar en un informe técnico externo de carácter privado, lo que genera inseguridad jurídica».
Otro dato relevante en el rechazo propuesto por el gobierno local es que «se suprime el informe dirimente del secretario cuando haya discrepancia entre los informes técnico y jurídico».
Vulneración
Con claridad, se asegura que el Decreto ley 3/2025, de 21 de abril, incurre en «vulneración de la reserva de funciones de los funcionarios públicos para garantía de la objetividad e imparcialidad en el ejercicio de la funciones públicas».
La Secretaría del Consistorio de Candelaria sostiene que esta normativa conculca el artículo 103.1 de la Constitución Española: «La Administración pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al derecho».
El resquicio
Este Decreto ley es valorado como «una inédita regulación cuyo significado es que el propio autor de la norma no cree en ella o en su endeble seguridad jurídica». Tal afirmación la sustenta en que permite a los ayuntamientos «descolgarse» de la norma cuando «se dude de su propia legalidad» y no aplicarla en su ámbito geográfico.
Hasta ahora, al menos una docena de oficinas urbanísticas municipales –Santa Cruz de Tenerife, Las Palmas de Gran Canaria, Haría, Puerto del Rosario, Arona, Guía de Isora, Granadilla de Abona, Güímar, La Laguna, Tacoronte, Los Realejos y Buenavista del Norte– se han adherido a un manifiesto que pone en cuestión los diez artículos del decreto que se tramita en el Parlamento como proyecto de ley para ser enmendado por los grupos de la Cámara. Candelaria tomará el primer acuerdo el lunes, en el marco de la comisión informativa de Urbanística y Ambiental, Obras y Servicios Públicos. El Pleno lo aprobará en la sesión ordinaria a celebrar el miércoles.
Profesionales municipales emitieron un manifiesto en el que insisten en que el decreto es «una clara amenaza a los principios de intervención urbanística regulados en la legislación estatal y una vulneración de la doctrina del Tribunal Supremo sobre la intervención de personas ajenas a la Administración en los procedimientos administrativos».
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