Canarias multa a Cuna del Alma por daños a un yacimiento arqueológico de alto valor patrimonial

La empresa promotora ha presentado alegaciones y recurrido la decisión, argumentando que no existió intencionalidad en los hechos.

El incendio de la maquinaria en Cuna del Alma, en primera persona

ED

Santa Cruz de Tenerife

El Gobierno de Canarias, a través del área de Patrimonio, ha incoado un nuevo expediente sancionador contra los promotores del proyecto turístico de lujo Cuna del Alma, ubicado en el Puertito de Adeje (Tenerife), tras constatarse daños graves a un yacimiento arqueológico de alto valor patrimonial. La multa asciende a los 229.000 euros.

Esta decisión llega después de una exhaustiva inspección técnica que reveló la alteración y destrucción parcial de estructuras prehispánicas protegidas por ley.

Infracciones graves

Este es el segundo expediente sancionador abierto a la empresa, habiendo caducado el primero en agosto del año 2023. Entonces la Dirección General de Patrimonio adoptó una estrategia de análisis de la situación.

La Dirección General de Cultura y Patrimonio ha identificado tres infracciones graves, tipificadas en la Ley 11/2019 de Patrimonio Cultural de Canarias: manipulación de yacimientos, ausencia de control arqueológico durante las obras y vulneración de medidas cautelares.

Entre los hallazgos más relevantes se encuentra la destrucción total de 80 metros cuadrados de una zona arqueológica clave, así como excavaciones realizadas sin supervisión técnica y pese a una orden de paralización.

Recurso

El yacimiento afectado, registrado desde 2018, conserva restos de gran interés como industria lítica en basalto y obsidiana, fragmentos cerámicos y restos faunísticos, fundamentales para el estudio del poblamiento aborigen del sur de la isla.

El expediente contempla, además de sanciones económicas, la obligación de reparar los daños causados, mediante medidas de restitución del terreno afectado. La empresa promotora ha presentado alegaciones y recurrido la decisión, argumentando que no existió intencionalidad en los hechos.

En su escrito, la empresa defiende que el incidente tendría que calificarse en todo caso como una infracción de carácter leve conforme a la normativa vigente.

La promotora confía en que las alegaciones presentadas sean atendidas y el expediente se resuelva, atendiendo a la ausencia de intencionalidad y a la voluntad de colaboración mostrada en todo momento. Asimismo, reitera su "compromiso con el cumplimiento de la normativa vigente y con la protección del patrimonio cultural".

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