Cuatro años de cárcel por apropiarse de 88.000 euros de una comunidad de propietarios de Tenerife
El condenado se valió de que era presidente de la comunidad de un edificio de la capital tinerfeña para desviar el dinero a una empresa suya a través de 57 cheques, que ahora tendrá que devolver hasta el último céntimo

Vista aérea de Residencial Anaga, en Santa Cruz de Tenerife. / El Día

Logró hacerse con la presidencia de la comunidad de propietarios de un edificio de Santa Cruz de Tenerife, echó a la administradora para gestionar en solitario las cuentas, desvió 88.000 euros de esta comunidad a la cuenta de una empresa pantalla que figuraba a su nombre, se apropió del dinero y falsificó firmas y documentos para tratar de ocultar este enriquecimiento ilícito.
La Justicia condena a cuatro años y medio de cárcel a un hombre de 51 años por un delito continuado de apropiación indebida y otro delito continuado de falsedad en documentos mercantiles por quedarse exactamente con 87.790 euros de los dueños de las viviendas de un edificio de Residencial Anaga, en Santa Cruz de Tenerife, durante al menos tres años, entre el mes de abril de 2015 y el de junio de 2018.
El condenado, además, tendrá que devolver hasta el último céntimo a los propietarios de las viviendas del inmueble víctimas de sus fechorías. Según el abogado que defendió a las víctimas de esta defraudación económica, Rodolfo Rodríguez Montenegro, con más de 20 años de experiencia y perteneciente al despacho Reyes y Montenegro con sedes en Santa Cruz de Tenerife y Adeje, se trata de la mayor cuantía de dinero en una condena por apropiación indebida que afecta a la comunidad de un edificio en Canarias.
En una primera sentencia, a la que ha tenido acceso EL DÍA, la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife consideró culpable al investigado de los dos delitos. Este recurrió solicitando la nulidad del fallo ante la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias acaba de ratificar la pena dictada por la Audiencia Provincial el año pasado
Este órgano, sin embargo, acaba de rechazar las alegaciones en una sentencia, firmada el pasado día 7, que confirma «en todos sus extremos» la condena de la Audiencia Provincial. Al sentenciado solo le queda la posibilidad de presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
Todo comenzó el 30 de junio de 2011. Ese día, D. P. fue designado presidente de la comunidad de propietarios de un edificio situado en la urbanización conocida como Residencial Anaga. Este hombre fue reelegido en el cargo en las juntas de los años sucesivos hasta el 16 de octubre de 2018. En la junta del 16 de octubre de 2014, expulsó a la administradora con el pretexto de «dificultades económicas».
Al poco designó administrador a otra persona que, siempre según las sentencias, «nunca llegó a aceptar ni a desempeñar dicho cargo ni mantenía relación alguna con dicha comunidad de propietarios». El presidente conseguía de esta manera acaparar la gestión de la actividad económica del inmueble sin que nadie controlara sus actividades, papel que tendría que haber desempeñado el administrador.
El 5 de julio de 2013, el presidente abre una cuenta corriente en una entidad bancaria a nombre de la comunidad. En ella se ingresan derramas y cuotas de los propietarios. «Movido siempre por un mismo designio de obtención de un ilícito enriquecimiento económico», según el fallo judicial de la Audiencia Provincial, el hombre fue extrayendo de la mencionada cuenta bancaria, a espaldas de la comunidad a la que representaba, diferentes cantidades de dinero mediante cheques.
El presidente de la comunidad condenado se movió siempre por un mismo designio de obtención de un ilícito enriquecimiento económico
Fueron en total 57 cheques. Empezó con uno de 182 euros, el de menor cuantía de todos, pero las cantidades subieron rápidamente hasta llegar a alcanzar los 4.672 euros, la mayor cuantía. El dinero volvió a reducirse en la última tanda pero en cantidades que no bajaron de los 400 euros.
El ahora condenado libraba esos cheques a favor de una empresa dedicada a la asesoría medioambiental, de la que era administrador único, a cuya cuenta bancaria ingresaba todo el dinero para beneficio propio a espaldas de los dueños de las viviendas del edificio de Residencial Anaga.
En esos cheques, D. P. estampó su firma y añadió otra falsificada, la de la administradora ficticia, la misma que aparecía en los documentos pero que en realidad no tenía ni idea de que estaba siendo utilizada para tal fin ni guardaba la menor relación con los propietarios del inmueble.
Para quedarse con el dinero sin que los propietarios se enterasen, el presidente también alteró las actas de las juntas generales del 6 de noviembre de 2014, 25 de febrero de 2016 y 27 de julio de 2018, «haciendo constar mendazmente en ellas la intervención de la supuesta administradora» cuya firma había falsificado «para simular la intervención en esas mismas juntas de la inexistente secretaria».
Para completar la defraudación económica, D. P., a través de su empresa pantalla, creó facturas falsas que endosó a la comunidad de propietarios
Para completar la defraudación económica, D. P., a través de su empresa pantalla, creó facturas falsas que endosó a la comunidad de propietarios por servicios y trabajos que nunca fueron realizados ni aprobados por las juntas.
Los jueces de la Sala Quinta de la Audiencia Provincial Francisco Mulero, Lucía Machado y Fernando Paredes, en una sentencia que ahora ha sido ratificada de forma íntegra por la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, consideran probado que D. P. es autor de apropiación indebida y falsedad documental.
Lo condenan a cuatro años y medio de cárcel, solo seis meses menos de lo que pedía la Fiscalía, así como a la devolución a la comunidad de propietarios de los 87.790 euros. También deberá pagar una multa de 6.000 euros y las costas procesales.
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