El exalcalde de El Tanque Román Martín acepta dos años y siete meses de inhabilitación

El expolítico asume un delito por impedir a la oposición el acceso a la información pública

Román Martín, en una foto de archivo.

Román Martín, en una foto de archivo. / María Pisaca

D. Ramos

Santa Cruz de Tenerife

El exalcalde de El Tanque Román Martín ha aceptado una condena de dos años y siete meses de inhabilitación especial por un delito continuado «contra los derechos cívicos» al haber impedido que la oposición accediese a la informació pública. Así lo recoge una sentencia de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife cuyo fallo también le impone las costas. El escrito recoge que Martín mostró su conformidad con la acusación y con la pena solicitada, y precisa que la pena lo inhabilita «para el ejercicio de cargo público de alcalde o cualquier otro cargo electivo de la Administración Local, comunidades autónomas o Administración del Estado».

La sentencia considera probado que Román Martín actuó «con absoluto desprecio hacia la legalidad vigente» y que «de forma sistemática y persistente, al menos entre agosto del año 2013 y septiembre del año 2016, negó al concejal de la oposición Pablo Estévez González –y en ocasiones al también concejal de la oposición Faustino Alegría Hernández– el acceso a distintos documentos e información interesada por estos para el legítimo ejercicio de sus funciones de participación política y fiscalizadoras de la actividad municipal».

Martín llegó a la Alcaldía de El Tanque tras encabezar la candidatura del Partido Socialista (PSOE) en 2011, tras lo que permaneció diez años en el cargo. Dejó de ser alcalde a raíz de una sentencia judicial de noviembre de 2020 que lo inhabilitó para empleo o cargo público durante doce años por cometer un delito de prevaricación en la apertura de la miniresidencia de mayores. No quedaron ahí sus problemas con la Justicia. Posteriormente, fue inhabilitado en 2022, cuando se le condenó a catorce años por varias contrataciones irregulares en el mandato 2015-2019.

En cuanto al reciente pronunciamiento judicial, la sentencia destaca que se impidió el acceso a la información pública en la consulta de los expedientes de contratación del Ayuntamiento con las entidades Solcansa Servicios Sociedad Limitada o la Merced Canarias, así como en lo relativo al expediente de apertura del centro de día de la tercera edad y miniresidencia, a la consulta de los decretos y resoluciones de Alcaldía, o a la obtención de copia de las actas de las Juntas de Gobierno.

Buena parte de las ocho páginas de la sentencia enumeran pormenorizadamente las ocasiones en las que Martín negó el acceso a la información. También se apunta que el ex regidor local omitió en el orden del día de las sesiones ordinarias de los plenos de fecha 30 de junio y 29 de septiembre de 2014; 27 de abril, 27 de agosto y 29 de octubre de 2015, y 25 de febrero, 30 de junio y 29 de septiembre de 2016, el preceptivo punto para dar cuenta de los decretos de Alcaldía y resoluciones de Alcaldía resolviendo reparos de la Secretaría-Intervención.

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