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GÜÍMAR

La Justicia anula la adjudicación del servicio de agua firmada hace un año

En el informe de valoración de las seis ofertas se introdujo una puntuación que no

constaba en los pliegos del concurso, según la sentencia de lo Contencioso-Administrativo

Pleno del Ayuntamiento de Güímar. | | CARSTEN W. LAURITSEN

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Santa Cruz de Tenerife anula la adjudicación del contrato para la prestación del servicio de gestión y abastecimiento de agua potable en Güímar. En la sentencia 511/2022, emitida el pasado día 4, se determina que en el informe de valoración de las ofertas que concurrieron se introdujo una puntuación de subcriterios de adjudicación que no constaba en los pliegos por los que se rigió el concurso. La misma no es firme y el Ayuntamiento güimarero anuncia que presentará recurso de apelación.

El 24 de junio de 2021, el Pleno adjudicó a Aqualia el servicio por 71.034.067 euros y un periodo de 25 años (más de 2,8 millones de euros cada año). Es la misma empresa que abastece desde el año 1995 a los más de 20.000 habitantes con que cuenta el municipio ahora. La formalización del contrato tuvo lugar el 29 de noviembre, con la firma del documento por el alcalde, Gustavo Pérez, y el delegado de Aqualia en Canarias, Francisco Blanco, acto al que asistió el primer teniente alcalde, Airam Puerta.

La empresa Global Omnium-Tagua presentó el recurso contencioso-administrativo que da lugar a esta situación que obliga a retrotraer el procedimiento de la concesión del servicio de agua en Güímar, si bien tanto el Ayuntamiento como la concesionaria anuncian ya la presentación de los recursos correspondientes.

Mientras desde la compañía Aqualia se mostraba tranquilidad al ser conscientes de que es un asunto administrativo «que forma parte de nuestro día a día», Airam Puerta, concejal de Empresas Concesionarias y Política Territorial, incidió en que la sentencia «no es definitiva» y defendió el trabajo realizado por la Mesa de Contratación. «El técnico externo contratado para este expediente justificó debidamente los criterios seguidos para asignar la valoración de esa parte subjetiva del concurso», explicó.

Son 40 puntos que se subdividieron en otros cinco epígrafes con distinta baremación, pero en cuestiones que, insistió Puerta, tienen un componente subjetivo a la hora de evaluarlo. Como ejemplo, aludió a cómo determinar qué tipo de vehículo es más sostenible: eléctrico, híbrido, a gas. El juez considera que lo hecho no se ajusta al pliego de condiciones.

El proceso de este concurso hasta llegar a la firma de la adjudicación comenzó en el mandato anterior. El pliego de condiciones quedó sobre la mesa en la comisión informativa previa al pleno de adjudicación. Después hubo un cambio de mandato. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo también condena al Ayuntamiento de Güímar al pago de las costas.

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