eldia.es

eldia.es

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Arona

El juez archiva la querella de los críticos contra Mena y el exsecretario municipal

El magistrado determina el sobreseimiento provisional al no encontrar indicios de delito en la retirada del punto referido al pase del alcalde a no adscrito en un pleno de 2020

Pleno de Arona celebrado el 26 de noviembre de 2020, en el Centro Cívico de Cabo Blanco. Carsten W. Lauritsen

El juez del Juzgado de Instrucción número 4 de Arona, Nelson Díaz, acordó el sobreseimiento provisional de la querella interpuesta por tres concejales del sector crítico contra el alcalde socialista, José Julián Mena, y el exsecretario eventual, Pedro Javier Hernández, al «no encontrar indicios de la comisión de hecho delictivo alguno». La denuncia por la presunta comisión de un delito de prevaricación fue presentada, el 13 de enero de 2021, solo por los concejales del PSOE Dácil León y Juan Sebastián Roque, además del exsocialista y actual edil no adscrito Luis García.

El motivo de esta querella fue la retirada, por parte del regidor, del punto 3.1 del orden del día de la sesión plenaria celebrada el 26 de noviembre de 2020, en base a un informe del secretario de la Corporación. Ese punto llevaba por epígrafe «dar cuenta del paso a miembro no adscrito del sr. alcalde presidente, José Julián Mena Pérez», tras su expulsión del PSOE. El regidor actuó amparado en ese informe, en el que constaba que debía esperarse a la resolución del recurso interpuesto por Mena ante su partido político. Ese informe, del día del pleno, contradijo al que elaboró tres días antes dando vía libre al pase del regidor a la condición de no adscrito porque en la Secretaría Municipal no constaba la interposición del recurso contra su expulsión del PSOE por parte de Mena, algo que se registró ante el Comité de Ética y Garantía de la dirección nacional socialista un día antes del pleno.

El juez avala la actuación del entonces secretario y especifica en su auto que «los dos informes realizados presentan una total coherencia el uno con el otro. El primero de ellos se sustenta sobre la no constancia de ningún recurso y el segundo, sobre el conocimiento de la existencia del mismo». Nelson Díaz valora como «razonable» dar tiempo para disponer de un pronunciamiento firme sobre una expulsión que el juez considera que no lo fue en su origen, al no ceñirse a lo que establece la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local, en su artículo 73.3.

Indiferente e irrelevante

Respecto a la retirada del punto del orden del día por parte del alcalde «en base a lo establecido en el artículo 70 del Reglamento Orgánico Municipal», su señoría no observa «ningún vicio de ilegalidad, al contar con un informe jurídico favorable, siendo indiferente e irrelevante, desde el punto de vista penal, el hecho de que nunca antes el referido alcalde haya hecho uso de dicha facultad contenida en el artículo 70. Si lo que se quiere es privar al alcalde de Arona de dicha facultad, en cierta manera omnímoda, lo que ha de hacerse es reformarse dicho Reglamento por las vías legales».

El hecho que motiva la denuncia se produjo en el momento de tensión máxima derivada de la ruptura del Grupo Municipal Socialista de Arona. La destitución, en junio de 2020, de Luis García como concejal de Urbanismo partió en dos al gobierno local (con mayoría absoluta) alineándose como contrarios al alcalde los concejales José Luis Gómez, Dácil León, Sebastián Roque, Yurena García, Pura Martín y Elena Cabello (que siguen en el PSOE), además de Luis García (expulsado del PSOE y concejal no adscrito). Todos ellos argumentaron graves discrepancias en materia de gestión y de injerencias internas y externas aún por aclarar.

En su auto (ante el que cabe recurso de reforma), Nelson Díaz Frías recuerda que José Julián Mena sigue perteneciendo al PSOE porque su expulsión fue anulada por la jueza el 27 de septiembre de 2021, sentencia firme al no haber sido recurrida.

Compartir el artículo

stats