Francisco Tuero González, juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Güímar, procede al sobreseimiento provisional y parcial de la causa abierta contra 17 alcaldes, exalcaldes, concejales, exconcejales, directivos del Consejo Insular de Aguas de Tenerife y de la Asociación Mixta por presuntos delitos continuados contra el medio ambiente y el supuesto delito continuado de prevaricación por los vertidos al mar que se producen desde el Polígono Industrial Valle de Güímar.

En su auto, del pasado 31 de mayo, el juez argumenta, respecto a las empresas implicadas en el caso, que «no fueron detectados incumplimientos penalmente relevantes» y que en los análisis de los vertidos «hay ausencia de garantías» en la toma de las muestras. Aunque admite que hay «vertidos de relativa y puntual gravedad», no se perciben «indicios acerca de un incumplimiento de una suficiente relevancia o entidad, al menos de una forma flagrante, directa o evidente, de la normativa medioambiental aplicable». Los análisis no permiten concluir la existencia de vertidos que pudieran producir «daños sustanciales en la calidad de las aguas de mar y menos en el equilibrio de los sistemas naturales o en la salud de las personas».

El ingeniero.

Una de las claves del procedimiento 120/2017 es el ingeniero que elaboró los informes sobre cada una de las empresas estudiadas. En sus declaraciones ante el juez «volvió a relativizar la transcendencia de los incumplimientos detectados en sus anteriores informes», detectando «vaivenes o cambios de criterio técnico» en esos documentos periciales», por lo que llega a hablar de «escasa fiabilidad». El juez aclara que cabe «proseguir en la esfera estrictamente administrativa».

Los investigados.

Respecto a los investigados, en algunos casos se incurre en «presuntas responsabilidades prescritas». Es más, su señoría deja claro que ni en las empresas investigadas ni en las personas que aparecen con tal condición en este caso hay responsabilidad penal. Todo ello, en el marco del procedimiento abreviado iniciado en 2017 a raíz de la denuncia que presentaron las formaciones políticas Sí se Puede e Izquierda Unida (IUC).

Cabe recordar que este procedimiento se centra en la evacuación de aguas residuales industriales a través del emisario marítimo y otros puntos no autorizados en el Polígono Industrial Valle de Güímar desde el 1 de agosto de 2007. El informe preliminar medioambiental elaborado por técnicos especializados, presentado el 5 de agosto del pasado año, concluyó que «sí ha existido un riesgo evidente hacia la salud de las personas, el equilibrio de los sistemas naturales y la calidad de las aguas de baño», si bien queda pendiente «evaluar de forma más detallada el impacto en la calidad de las aguas receptoras». El contenido del informe pericial preliminar suponía «la inicial constatación indiciaria de relevancia penal en los hechos investigados».

El pasado 2 de octubre, el mismo juez ya reconoció que desde «la persistente situación de descontrol e inacción» detectada desde agosto de 2007, y tras la incoación de la presente causa penal, el 8 marzo de 2017, «sí ha existido, desde todos los organismos públicos implicados, una intensa actividad dirigida a superar aquella situación de dejación y abandono», promover la legalización y «subsanar las múltiples deficiencias».

Finalmente, el juez cita, para tomarle declaración, al que fuera concejal delegado de Urbanismo en 2013, Pedro Daniel Pérez, quien debe comparecer el 19 de julio.