Una sentencia del Juzgado de lo Social nº 8 de Santa Cruz de Tenerife, fechada el pasado 28 de mayo, ha desestimado la demanda interpuesta por la patronal del sector hotelero, Ashotel, que pretendía dejar sin efecto los incrementos salariales establecidos en el Convenio Provincial de Hostelería. Esos aumentos son del 2,5% entre el 1 de julio de 2020 y el 30 de junio de 2021, y del 2% del próximo 1 de julio al 30 de junio de 2022. La patronal argumentaba que no se podían aplicar por cuanto cuando se firmó el convenio «no se preveía una crisis económica tan grave en el sector como la que ha derivado de la pandemia de la Covid- 19». Este fallo da la razón a Sindicalistas de Base.

La organización sindical propuso dejar sin efecto el incremento «con la prioridad de proteger al empleo y los derechos», valoran, al imposibilitar a cambio a las empresas realizar despidos objetivos avalados por la reforma laboral y derivados de la crisis económica. «Tampoco podían descolgarse de la aplicación del convenio. La patronal no aceptó la propuesta y, por lo tanto, no hubo acuerdo». Sindicalistas de Base lo tenía claro: «Si querían no subir los salarios y mantener la facilidad en los despidos objetivos y en el descuelgue de la aplicación del convenio que no contaran con nosotros». Desde la organización, cuyo secretario general es Manuel Fitas, insisten: «Desde el estado de alarma apenas el 15% del conjunto de los trabajadores del sector está en actividad con la mayoría de hoteles cerrados y su personal en ERTE de fuerza mayor».

«El personal de los hoteles abiertos, conscientes de la situación de sus empresas, hacen un esfuerzo de flexibilidad y sobrecarga de trabajo, con plantillas bajo mínimos, que no solo merecen que se apliquen los incrementos salariales pactados, sino un incentivo de las empresas», añaden.

Apuntan que «este verano la mayoría de los hoteles van a abrir, pero las empresas mantendrán las bonificaciones de cotización a la Seguridad Social por la prórroga de Ertes de fuerza mayor, de momento, hasta el 30 de septiembre; las plantillas estarán bajo mínimos con unos ratios de sobreocupación muy inferiores al periodo pre covid. Por eso mantenemos que las empresas deben cumplir el incremento salarial pactado».

Fallo del TSJC sobre Iberostar

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha desestimado, en sentencia del pasado 26 de mayo, un recurso de Iberostar que confirma el fallo del Juzgado de lo Social nº 3 de Santa Cruz de Tenerife del 20 de octubre de 2020. Este «anula el pacto salarial» de la empresa, según anuncia Sindicalistas de Base. La organización sindical entiende que «acaban así diez años de discriminación salarial en los hoteles de la cadena en el sur de la Isla». La denuncia planteaba «la discriminación salarial entre personal con la misma categoría profesional y con las mismas funciones». Sindicalistas de Base solicitará «su ejecución inmediata, aunque la empresa recurra al Supremo».