La Sección VI de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha estimado el recurso presentado por el exalcalde portuense, exconsejero insular y excoordinador regional del PP en Canarias, Lope Afonso; le absuelve del delito continuado de prevaricación por autorizar varios mercadillos entre 2012 y 2014, y deja sin efecto la pena de nueve años de inhabilitación que le llevó a dejar todos sus cargos en septiembre de 2019. La absolución de Afonso, que sólo puede recurrirse en casación ante el Tribunal Supremo, le abre la puerta de regreso a la política. Su salida se produjo cuando ocupaba el número dos del partido en Canarias y era uno de los más sólidos valores de futuro del PP en las islas. Ahora es libre para volver.

Lope Afonso prefirió ayer no hacer declaraciones públicas y se limitó a mostrar su satisfacción por el contenido de un pronunciamiento judicial por el que ha esperado 20 meses, completamente alejado de la política y centrado en su actividad profesional como abogado. Sí tiene previsto hacer algunas declaraciones durante el día de hoy, una vez analizado el texto de la sentencia y consultado al Partido Popular.

Afonso fue condenado a nueve años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por un delito de prevaricación continuada que hasta ahora se consideraba que había cometido cuando era edil de Desarrollo Económico y Comercio en la ciudad turística. La magistrada-juez del Juzgado de lo Penal Número 2 de Santa Cruz de Tenerife, Carolina Díaz, hizo suya la petición de pena de la Fiscalía, que sólo rebajó en tres meses. Sí absolvió a Lope Afonso del delito de malversación de caudales públicos, una petición que mantuvo la acusación particular, y que la Audiencia Provincial (AP) rechaza de nuevo. Afonso no cometió malversación ni tampoco prevaricación.

La jueza mantuvo en su sentencia que los mercadillos, uno de artesanía canaria y otro de la comunidad senegalesa, no tenían cabida en la ordenanza municipal de venta ambulante, «estando los mismos fuera de la legalidad vigente en aquel momento». Una apreciación que no comparte la Audiencia Provincial. Aquellos mercados le causaron una inhabilitación especial para empleo o cargo público que comprendía «la privación definitiva de los cargos de alcalde, teniente de alcalde, concejal o cualquier otro de naturaleza electiva desempeñado, así como la incapacidad para obtener cualquier cargo o empleo público, sea o no electivo, en el ámbito municipal, insular, autonómico y estatal que comporte la asunción de competencias de decisión y gestión». Esa pena está anulada.

La Audiencia no acepta todos los hechos que fueron declarados probados en la sentencia apelada y subraya que «no figura informe alguno de los servicios jurídicos municipales del Ayuntamiento de Puerto de la Cruz contrario a la concesión de las mencionadas autorizaciones». Recalca que «no consta probado que las citadas autorizaciones en las que actuó el acusado se concedieran para favorecer a unos solicitantes frente a otros o que se autorizaran actividades prohibidas. Ni que se hubiera denegado a ningún solicitante la instalación de un mercadillo. Ni que el acusado obtuviera provecho o beneficio alguno de las autorizaciones o que se hubieran concedido con arreglo a criterios discriminatorios».

Según sentencia de la AP, no puede considerarse que las autorizaciones otorgadas por Afonso sean «una resolución arbitraria, dictada a sabiendas de su injusticia por parte del acusado, ya que se requiere algo más que omitir el procedimiento o desatender las normas sobre publicidad, concurrencia y objetividad». Además, «comparte la sala con el recurrente que no consta probado que con las citadas autorizaciones se favoreciera injustamente a unos solicitantes frente a otros».

«Tampoco se constata que se haya prescindido por completo del procedimiento de autorización, ya que las autorizaciones concedidas se otorgaron con carácter provisional y en precario, y sometida la autorización al cumplimiento de cualquier normativa legal que resultase de aplicación en lo relativo a prevención, control y seguridad», concluye la AP.

Tras aquella sentencia, Afonso se marchó convencido de que estaba pagando las consecuencias de su decisión de «renovar y depurar completamente el partido» en Puerto de la Cruz, víctima de una venganza de excompañeros de partido. Como «demócrata de profundas convicciones» consideraba que no podía seguir desempeñando ninguno de sus cargos públicos y políticos tras haber sido condenado por un delito de prevaricación, aunque anunciaba que iba a recurrir la sentencia para defender que siempre actuó «guiado por la rectitud y la honestidad». El exalcalde subrayaba que no compartía «ni las conclusiones ni el fallo» de esa primera sentencia y pedía que se respetara su presunción de inocencia hasta que se resolviera el recurso ante la Audiencia Provincial, que finalmente le ha dado la razón. También pedía en su despedida hace 20 meses «una apuesta firme y decidida por la buena política, por la política con mayúsculas». Ahora le toca a mover ficha.