La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ordena la reapertura de la causa abierta contra 20 vecinos de Güímar a instancias del Ministerio Fiscal, por la posible comisión de delitos contra la ordenación del territorio, supuestamente consumados en la ampliación de las casas cueva de la barriada marinera de Cho Regino. El tribunal estima el recurso del Ministerio Fiscal contra la decisión del Juzgado de sobreseer provisionalmente la causa. En un auto emitido el pasado día 8, la Sala rechaza que se siga tramitando como denuncia colectiva, pero ordena que el proceso se instruya separando las piezas o diligencias “por cada uno de los hechos denunciados”.

Los hechos a los que alude la investigación se refieren a la ampliación de viviendas no autorizadas por parte de los vecinos de la barriada consolidada conocida como Cho Regino, en El Puertito de Güímar; en la calle Toninas, de Punta Prieta, y en la avenida Litoral de Agache, que discurre por la costa güimarera entre El Tablado y El Bufadero. La causa es que “podrían afectar a las servidumbres costeras del dominio público marítimo terrestre en el Sureste del Espacio Natural protegido, recogido en el Plan Especial de la Reserva en la Zona de Uso Moderado y dentro de la Línea de la Zona de Servidumbre de protección”.

Se trata de viviendas construidas sobre las cuevas preexistentes para el aprovechamiento pesquero que se practica en el litoral, así como de otras que se consideran construcciones de ocio sobre el terreno protegido. Estas viviendas, agrega el auto, “conforman un núcleo urbano no autorizado, que se ha ido ampliando y consolidando con el transcurso del tiempo, contando ya con suministro de energía eléctrica, agua potable y calzada de acceso con alumbrado público, a lo que no ha podido ser ajena la autoridad municipal”.

Recuerda el auto que los hechos referidos a la construcción ya habrían prescrito, pero no los trabajos de ampliación a los que alude la Fiscalía. “Las obras de mejora, reforma, ampliación o vallado denunciadas, realizadas sin licencia y no susceptibles de autorización que han sido objeto de denuncia ante la autoridad administrativa, han venido a perturbar el medio ya deteriorado, constituyendo una nueva agresión y degradación susceptible de tipicidad penal, por afectar al interés general de protección de la costa, la línea marítima y sus servidumbres”, subraya.

“La dejación de las autoridades responsables” es lo que permite la situación actual, “sin que esa dejación administrativa, que podría haber sido objeto de una investigación de prevaricación por omisión, pueda excluir la vía penal para restaurar la legalidad quebrantada”.