La alcaldesa de San Juan de la Rambla, Fidela Velázquez (PSOE), ha sido condenada a 8 años de inhabilitación para empleo o cargo público por cometer un delito de prevaricación al indemnizar con 4.220 euros al medianero de un terreno adquirido por el Ayuntamiento ramblero en 2005, en contra del criterio del secretario y del interventor del Consistorio, y por aprobar un decreto de pago a trabajadores municipales por horas o servicios extraordinarios sin seguir el procedimiento establecido. La sentencia del Juzgado de lo Penal Número 3 de Santa Cruz de Tenerife también condena a 7 años de inhabilitación al exedil ramblero y actual director insular de Seguridad del Cabildo de Tenerife y presidente del Consorcio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de Tenerife, Cayetano Silva (PSOE), y al exconcejal Víctor Manuel García, actualmente retirado de la vida política, por aprobar el citado pago al aparcero.

Fidela Velázquez prefirió anoche no hacer declaraciones, aunque confirmó a EL DÍA la sentencia condenatoria y su intención de recurrirla a instancias superiores. La alcaldesa, junto a los miembros de su equipo de gobierno, analizará en las próximas horas la manera de afrontar este varapalo judicial. En la actualidad, Velázquez gobierna con el apoyo de dos ediles de AUP-Sí se Puede y dos de AIS-CC, en el llamado pacto de la concordia. El primer teniente de alcalde de la corporación ramblera es Juan Siverio, de AUP-SSP, y el número dos del PSOE en el gobierno y segundo teniente de alcalde es Jesús Ezequiel Domínguez González, concejal de Desarrollo Local, Empleo y Formación, Modernización Municipal y Nuevas Tecnologías, Comercio, Cultura, Patrimonio y Turismo.

"De justicia". Durante el juicio, celebrado el pasado día 2 de octubre en el palacio de Justicia de Santa Cruz de Tenerife, Fidela Velázquez declaró que aprobó indemnizar al medianero porque lo consideraba "de justicia", tras tener conocimiento de que existía un acuerdo verbal con el exedil de AIS José Luis Martín, que él mismo ratificó como testigo en el proceso, y que el exalcalde Manuel Reyes se había negado a cumplir tras la compra del terreno, que se había formalizado durante su mandato, en el año 2005.

El pago de los 4.220 euros se aprobó en la junta de gobierno del 23 de noviembre de 2012, en la que el secretario hizo una advertencia verbal respecto a la posible ilegalidad de la decisión. Velázquez aseguró en el juicio que se tomó ese aviso como "una opinión personal", que se contradecía "con la preparación previa del expediente", que supuestamente realizó guiada por el propio secretario, que es el asesor jurídico del ayuntamiento. Una afirmación que este funcionario negó ante la jueza.

Advertencias verbales. Según el secretario, no sólo no intervino en la confección de ese expediente, sino que en varias ocasiones advirtió verbalmente a la alcaldesa de que no encontraba la fórmula legal que justificara ese pago, que además podría estar ya prescrito, por tratarse de una compra realizada en 2005.

Para Velázquez, ese pago era una deuda del Ayuntamiento y no abonarla hubiera supuesto "un acto de enriquecimiento ilícito". Por eso en diciembre de 2012 levantó el reparo de intervención que reproducía los argumentos del secretario y ordenó el abono que ahora le cuesta 8 años de inhabilitación y puede poner fin a su larga carrera política. Según la alcaldesa, "decidimos pagar porque era un acto de justicia con una persona pobre de solemnidad". Y añadió que "si una persona no tiene la capacidad de ir a buscar un abogado para defenderse, una administración pública debe ser justa".

Cayetano Silva afirmó que la advertencia del secretario en la junta de gobierno "fue un comentario, no un informe negativo fundamentado". Víctor Manuel García reconoció que no conocía el expediente y que votó guiado únicamente por el criterio de la alcaldesa, "que entonces consideraba bueno".

Los dos testimonios claves para la condena de Velázquez y Silva fueron los del secretario municipal, Fernando Ramón Pantaleón Alonso, y del interventor accidental, Juan Antonio Siverio, quienes declararon, bajo juramento, que advirtieron a los acusados de que el procedimiento administrativo seguido para formalizar el pago no era correcto y que la demanda del medianero podría estar prescrita. El secretario lo hizo de forma verbal en la junta de gobierno, tal y como consta en acta, y el interventor a través de un reparo, que fue levantado por la alcaldesa para proceder al pago en 2012.

Fidela Velázquez es condenada a un año más de inhabilitación que Silva y García por firmar un decreto de pago a trabajadores municipales por horas o servicios extraordinarios un día antes de la moción de censura de 2013. En este asunto, el secretario y el interventor también remarcaron que se hizo sin seguir el procedimiento establecido. Pese a que esas cantidades no se abonaron, la fiscal mantuvo la acusación de prevaricación contra la alcaldesa por entender que generó una expectativa de derecho que los trabajadores podían haber reclamado. La jueza ha compartido este criterio en su sentencia y aumenta la condena a la alcaldesa hasta los 8 años de inhabilitación.

Denuncia de Tomás Mesa. Este proceso judicial tiene su origen en una denuncia presentada por el exalcalde de San Juan de la Rambla Tomás Mesa, con el asesoramiento de Liria Falcón (PP), que elevó a la Fiscalía varias cuestiones de la etapa de gobierno de Velázquez que consideraba que podrían ser constitutivas de delito.

En septiembre de 2019, el exalcalde portuense Lope Afonso (PP) fue condenado a nueve años de inhabilitación por un delito de prevaricación cometido al autorizar varios mercadillos en Puerto de la Cruz. Tras conocerse la sentencia y anunciar que la recurriría, dimitió de todos sus cargos.