El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Santa Cruz de Tenerife desestima el recurso interpuesto por la Asociación para la Investigación y Protección del Patrimonio Histórico San Miguel Arcángel contra la desestimación de su petición para que el pleno del Ayuntamiento de Candelaria revise el acuerdo que retiró el título de Hijo Adoptivo de la Villa Mariana a Francisco Franco, concedido por la Corporación municipal el 17 de diciembre de 1936 y retirado por decisión plenaria adoptada el 30 de octubre del año 2008.

La autoridad judicial, si bien reconoce la legitimación activa de la asociación para recurrir contra la revisión del acuerdo plenario, entiende que "resulta improcedente" porque, expone, mantener la condición de Hijo Adoptivo de Franco "choca frontalmente con los postulados básicos de la Ley de Memoria Histórica (...), al existir una obligación de las administraciones públicas de retirar toda mención honorífica como la que ahora nos ocupa que tenga por finalidad la exaltación de la Guerra Civil y de la represión de la dictadura".

La sentencia agrega que, en su argumentación, la asociación recurrente no acreditó que la mención honorífica de Hijo Adoptivo del dictador obedeciese a una contribución personal de Francisco Franco Bahamonde al municipio de Candelaria o a sus vecinos, "más allá de su mera condición de caudillo de España (dictador) a resultas de un golpe de estado contra el legítimo Gobierno de la república".

El Pleno de la Villa Mariana acordó retirar el título de Hijo Adoptivo a Franco hace casi 12 años a propuesta del Grupo Municipal Socialista, que entonces ya formaba el gobierno municipal con mayoría absoluta y con José Gumersindo García como alcalde. La Asociación para la Investigación y Protección del Patrimonio Histórico San Miguel Arcángel planteó la nulidad del acuerdo el 5 de septiembre de 2018. La sentencia emitida ayer por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Santa Cruz de Tenerife puede ser objeto de un recurso de apelación, que la asociación deberá presentar en el plazo de 15 días y ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC).