El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Santa Cruz de Tenerife ha prohibido la apertura de una tienda de tabaco situada en la capital tinerfeña al no tratarse de un estanco estatal, que sí están incluidos en los servicios esenciales que pueden operar.

De esta manera el titular del citado juzgado desestima la medida cautelar que había solicitado el empresario afectado, que posee varios establecimientos dedicados a la venta de tabaco en la capital tinerfeña cuyo cierre había sido ordenado por la Policía Local, informa el Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

La Policía Local había ordenado el cierre al tratarse de negocios que no prestan servicios esenciales, en cumplimiento de las órdenes del gobierno para hacer frente al coronavirus.

La autoridad judicial apunta que, si bien es cierto que el Real Decreto que establece el estado de alarma señala a los estancos como servicios esenciales que pueden abrir al público, no todo comercio minorista de venta de tabaco tiene esta consideración sino los que ostentan la concesión estatal correspondiente.

El magistrado ha acordado además imponer al demandante de la medida las costas generadas por la tramitación del incidente.