La Fiscalía mantuvo ayer la acusación por un posible delito de prevaricación contra el exalcalde portuense, consejero insular electo y coordinador general del PP en Canarias, Lope Afonso (PP), tras escuchar al acusado, ocho testigos y al perito de parte llamados a declarar durante el juicio que se celebró en el Juzgado de lo Penal Número 2 de Santa Cruz. El fiscal ve acreditada la comisión de un delito de prevaricación por parte de Lope Afonso y solicita una pena de inhabilitación de nueve años y tres meses. La defensa del político del PP solicitó la libre absolución y la acusación popular insistió en reclamar una pena añadida de tres años de cárcel por un delito de malversación de caudales públicos que ni la Fiscalía ni la defensa consideran probado.

Afonso subrayó que actuó "tal y como se venía procediendo para ese tipo de actividades", que sólo otorgó "autorizaciones provisionales" y que la ordenanza de la época "no regulaba estos mercadillos, cuyo objetivo era promover la dinamización comercial en un momento de crisis económica". Defendió que sí hizo consultas verbales a técnicos y también a empresarios de las zonas cercanas a los mercadillos; que siguió un procedimiento administrativo que no está en un único expediente "por involucrar a diferentes departamentos"; que no convocó un concurso porque se trataba de "una actividad provisional cuya continuidad dependería de su aceptación", y que la Policía Local comprobaba la ocupación de la vía pública en cada mercadillo y el área de Hacienda pasaba al cobro las tasas correspondientes.

La Fiscalía considera que Afonso cometió delito de prevaricación por autorizar, "sin seguir el adecuado procedimiento administrativo", los mercadillos que se celebraron entre febrero de 2013 y junio de 2014 en la avenida Marqués Villanueva del Prado -una muestra de artesanía junto al centro comercial La Cúpula- y en la plaza de la antigua estación de guaguas, en este caso un mercadillo de la comunidad senegalesa.

Para el fiscal concurren los cinco elementos necesarios para que se produzca un delito de prevaricación: que se dicte una resolución por parte de una autoridad; que esa resolución sea contraria a derecho; que no exista una justificación técnico jurídica razonable; que se lesionen derechos de terceros, y que la resolución se dicte "con conocimiento de que es contraria a derecho".

"Estamos hablando de un edil que llevaba unos años en ejercicio, que es licenciado en derecho, que había ejercido como abogado y al que no se le ocurre pensar que algo tan importante como esta concesión de mercadillos debe hacerse mediante un sistema de libre concurrencia con publicidad, sino que es correcto encomendárselo al primero que llega. Resulta ridículo pensar que no se le hubiera ocurrido. Tenía mil posibilidades, como la consulta al secretario".

A juicio del fiscal, "no se le acusa porque autorizara un mercadillo, sino porque concedió autorización para montarlo al primero que lo pidió, sin un sistema público de libre concurrencia. Las reglas procedimentales se han omitido con carácter absoluto, lo que impidió su publicidad y la participación de terceros".

El fiscal puso el acento en que el secretario del Ayuntamiento portuense en aquel momento, que ahora ejerce ese cargo en el Cabildo, no fue consultado por Afonso sobre el procedimiento.

La acusación particular también mantuvo una petición mayor de pena de 10 años y 3 meses de inhabilitación por prevaricación, y de tres años de cárcel por el delito, no demostrado "en ningún caso" según la Fiscalía, de malversación de caudales públicos.

Esteban Sola, letrado de la defensa de Afonso, solicitó la libre absolución con el argumento de que su representado "actuó siempre con la convicción y la conciencia de que no estaba cometiendo ninguna infracción ni ilegalidad". Tampoco consideró acreditado que "se haya impedido, dificultado o prohibido a otras personas promover un mercadillo".

Para Sola, resulta clave que "ningún departamento de los que tuvieron intervención en este asunto advirtió de ninguna ilegalidad. Si tan flagrante era, algo tendría que haberse dicho o hecho".

Sola concluyó que "no puede inferirse la vulneración consciente de la normativa" ni la existencia de otros afectados, por lo que "tampoco existe un delito de prevaricación".

Afonso renunció a su derecho de realizar una última intervención y el juicio quedó visto para sentencia. Las partes esperan que la jueza dicte sentencia en las próximas semanas.

Dos testigos claves

El ex secretario del ayuntamiento, que ahora ejerce el cargo en el Cabildo, reconoció ayer que no existía ningún expediente administrativo sobre los mercadillos -solo documentos sueltos en diferentes departamentos municipales, lo que la defensa considera que prueba que sí se llevó a cabo un procedimiento administrativo-, que nadie le consultó y que si se le hubiera preguntado, habría informado de que el procedimiento debía ajustarse a la ordenanza y sustanciarse a través de un concurso. La exedil de Hacienda, Sandra Rodríguez (CC), dijo que tras su llegada a la Alcaldía, la Policía Local le advirtió de la posible irregularidad de los mercadillos, consultó con el secretario y el jefe de área, y ordenó su suspensión.