La Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Santa Cruz incoó a lo largo de 2018 un total de 287 expedientes de órdenes de ejecución, con las que se exige a los propietarios de inmuebles o solares del municipio que están en mal estado o abandonados que establezcan medidas de seguridad y que procedan a realizar las obras necesarias para el adecuado mantenimiento de los mismos. Si se comparan los datos con los registrados en 2017, cuando se iniciaron 179 expedientes, el año pasado se produjo un incremento de casi el 40% con respecto a la tramitación de órdenes de ejecución. En lo que va de 2019, ya se han incoado 120.

Según datos facilitados por la Gerencia Municipal de Urbanismo, en 2017, aproximadamente el 15% de todos los expedientes tramitados en el Servicio de Disciplina Urbanística y Actividades correspondían a órdenes de ejecución, cifra que el año pasado ascendió hasta el 20%. En 2019, este porcentaje ya ha llegado al 25%. Con este tipo de procedimiento, se ordena al propietario en cuestión de un inmueble o solar en mal estado, a raíz de que los técnicos municipales hayan advertido de que existe un riesgo, que lleve a cabo todas las medidas necesarias para garantizar la seguridad de las personas y los bienes, para lo que Urbanismo suele dar un plazo de entre 48 horas y cinco días, en función del peligro detectado.

Asimismo, y además de que se adopten medidas urgentes, la Gerencia de Urbanismo da un plazo más amplio, que suele ser de varios meses, para que se acometan las obras de reparación o rehabilitación necesarias, "todo ello en virtud del deber de conservación de todo propietario, en las debidas condiciones de seguridad, salubridad y ornato".

En los supuestos en los que los dueños de los inmuebles o solares no atiendan los requerimientos de Urbanismo, y se considere que existe un riesgo elevado, entonces el Ayuntamiento podrá acometer las obras por el sistema de la ejecución subsidiaria, aunque toda la inversión que se tenga que realizar será reclamada al propietario.

Asimismo, en los casos en los que no se cumpla con lo ordenado por la Gerencia, se podrá proceder a la imposición de hasta diez multas coercitivas con periodicidad mensual, por valor máximo, cada una de ellas, del 10% del coste estimado de las obras ordenadas. Si tampoco así se cumple con lo exigido, entonces la Gerencia de Urbanismo incoará el correspondiente expediente sancionador, pudiendo imponer una multa de entre 6.001 a 150.000 euros.

Sanciones

En el primer trimestre de este año, ya se han interpuesto sanciones por un valor de 112.367 euros, lo que supone el quíntuple de los ingresos obtenidos por multas en el mismo periodo de 2018.

El concejal en funciones de Urbanismo, Carlos Tarife, del PP, indica que de los expedientes de órdenes de ejecución tramitados en 2018, "ya se ha cerrado aproximadamente el 15%", y de los incoados durante este año, "se ha concluido el 10%". "También es cierto que, en muchos casos, estamos pendientes del informe técnico con el que se comprueba que los propietarios han cumplido con sus obligaciones. Los expedientes se cierran cuando los propietarios han cumplido lo ordenado", informa el edil.

Carlos Tarife destaca que con las órdenes de ejecución de la Gerencia Municipal de Urbanismo lo único que se pretende es garantizar la seguridad y el estado de conservación de los inmuebles y solares de la ciudad. "Los propietarios están obligados, según la normativa, a mantenerlos en un adecuado estado y, en el caso de que además supongan un riesgo, a establecer todas las medidas de seguridad que sean necesarias", apunta el concejal en funciones de Urbanismo.

Como ejemplo, entre los últimos expedientes de órdenes de ejecución tramitados por la Gerencia, se encuentra el relativo a un inmueble situado en la céntrica calle Imeldo Serís. En concreto, se trata del número 13, el cual pertenece a una entidad mercantil. En la citada orden de ejecución, el Ayuntamiento da un plazo de un mes al propietario para que proceda "a realizar la comprobación de los elementos que conforman las fachadas, bajo la supervisión de un técnico competente, y a reparar aquellos que lo precisen, para mantener el inmueble en correctas condiciones de salubridad, seguridad y ornato". Además, y por tratarse de un bien catalogado en incluido en un Conjunto Histórico, el dueño deberá tramitar las autorizaciones pertinentes.

Desprendimientos

Entre los últimos expedientes tramitados también se encuentra el correspondiente al número 5 de la calle San Clemente. En este caso, se da un plazo de 72 horas al propietario para que adopte medidas de seguridad, consistentes en la instalación de una red de protección con malla adherida "anticascotes", debidamente anclada en las zonas con peligro de desprendimientos de cascotes en la fachada del inmueble.