Tribunales
En libertad los migrantes acusados por error como patrones tras una mala traducción
La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife dicta un auto para excarccelar a cuatro subsaharianos acusados de ser los patrones de una barquilla que zarpó de Gambia con destino a Canarias en abril de 2025

Los cuatro acusados, durante el juicio celebrado a principios de semana. / M. Á. A.

Los cuatro migrantes acusados como presuntos patrones de un cayuco que llegó a Los Cristianos en abril de 2025 con 68 personas a bordo han sido puestos en libertad mediante un auto dictado este jueves por los magistrados de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife.
Apenas un día después de concluir el juicio, celebrado el pasado martes y miércoles, en el que la Fiscalía pedía 22 años de prisión en total -cinco años y seis meses para cada uno- como presuntos autores de un delito agravado contra los derechos de los ciudadanos extranjeros y otro de lesiones por imprudencia grave, los cuatro acusados han sido puestos en libertad tras permanecer en prisión preventiva desde abril del pasado año.
La sentencia aún no se ha redactado, sin embargo, que el tribunal haya decidido suspender la medida cautelar de privación de libertad avanza el sentido del fallo que, con casi total seguridad, será el de la libre absolución de los cuatro migrantes.
El testimonio de uno de los migrantes que viajaron en el cayuco junto a los cuatro acusados fue determinante en sala: "No hablo muy bien wolof, pero esa era la lengua en la que me hablaba una traductora en la comisaría" del Cuerpo Nacional de Policía de Playa de las Américas horas después de llegar al muelle de Los Cristianos el 4 de abril del pasado año.
Añadió que le "pusieron delante muchas fotos agrupadas en hojas de papel, y entendí que me preguntaba que debía señalar a los que reconocía por haber viajado en el cayuco, así que señalé a los compatriotas que se sentaban a mi alrededor". Y añadió: "Fue un error; no sabía que señalaba a compañeros que irían a la cárcel porque no entendí que lo que me preguntaba en realidad, que era si reconocía a las personas que guiaron la embarcación, repartieron la comida y el agua o nos indicaron donde sentarnos". "Eso lo supe mucho más tarde", indicó para dejar claro en el plenario que las personas que se sentaban en el banquillo solo jóvenes que se sentaron junto a él en el cayuco.
La defensa
Sara Rodríguez es la abogada de la defensa de dos de los acusados en este procedimiento penal que solicitaba su libre absolución al considerar que la prueba practicada no acreditaba que fueran patrones, organizadores ni responsables de la travesía. Su informe sostuvo que "el caso no podía resolverse desde la idea automática de que, por existir una embarcación precaria y una entrada irregular en territorio español, algunos de los ocupantes del cayuco deben cargar con toda la responsabilidad penal del viaje".
La tesis central del informe fue que el procedimiento "no juzgaba el fenómeno migratorio ni la peligrosidad de la ruta, sino la conducta concreta de personas determinadas". Y, según afirmó Rodríguez, no existe una prueba "sólida, individualizada, corroborada y fiable" que permitiera imponer las penas solicitadas por la Fiscalía: cinco años y seis meses de prisión. La abogada cuestionó la investigación policial, la selección de testigos, el valor de la prueba preconstituida y la interpretación de los vídeos incorporados a la causa.
Uno de los principales reproches de la letrada se dirigió al atestado policial. La defensa sostuvo que "la investigación fue una identificación rápida basada en algunos señalamientos, no una indagación profunda para determinar quiénes eran realmente los patrones". Así, defendió que no se documentó con suficiente detalle cómo se accedió a los testigos, cómo fueron seleccionados, qué información previa recibieron ni si pudo existir contaminación -de testimonios- entre personas que viajaban juntas, agotadas, con miedo y pendientes de su situación administrativa o penal.
También criticó en sala que no se explicara por qué "algunos señalamientos fueron investigados y otros no", o por qué determinadas personas que aparecían mencionadas quedaron fuera del procedimiento o no fueron perseguidas con la misma intensidad. Para la defensa, esa falta de contraste afectaba al núcleo del caso, ya que en una embarcación en la que viajaban muchas personas y tras varios días de travesía, "la identificación de supuestos responsables exige una investigación especialmente cuidadosa".
Dudas razonables
Rodríguez destacó en sus conclusiones que solo comparecieron en el juicio dos de los seis testigos propuestos por la Fiscalía. Y, además, esos testigos no confirmaron de manera clara la tesis acusatoria, sino que matizaron, contradijeron o debilitaron declaraciones anteriores.
En relación con uno de los acusados, la defensa admitió que "pudo aparecer conduciendo la embarcación en un momento final de la travesía", pero negó que esa imagen bastara para considerarlo patrón de toda la travesía. El acusado declaró que "viajaba como pasajero, que era pescador, que sabía manejar una embarcación y tomó el timón solo cuando ya estaban cerca de Tenerife y después de que quienes habían gobernado la barquilla dejaran de hacerlo". Para la defensa, "conducir al final, en un contexto de hambre, cansancio y supervivencia, no equivale a organizar el viaje, decidir la ruta, controlar el GPS, comprar combustible, cobrar dinero ni mandar sobre el resto de ocupantes", apostilló.
Respecto al otro migrante que representó en el juicio y que la Fiscalía lo imputó basándose en que algunos testigos lo señalaron por repartir comida, insistió en que otros testigos "lo situaron sentado en medio del cayuco, sin desempeñar ninguna función de mando". Además, abundó en que los migrantes describieron una situación de escasez en la que ellos mismos compartían lo poco que tenían de comida. "Compartir comida en un cayuco no es mandar, es sobrevivir", aseveró.
Respecto a las lesiones atribuidas a uno de los ocupantes del cayuco y por las que se pidió responsabilidad penal, la letrada sostuvo que tampoco existía base suficiente para una condena ni para fijar responsabilidad civil individualizada. Señaló que la médico forense "no exploró personalmente al lesionado" y destacó que ese migrante padecía "una patología previa, un cáncer, que pudo influir en la evolución clínica, el dolor, la recuperación o la duración de los síntomas".
La letrada afirmó que "el procedimiento no puede convertir una investigación incompleta en certeza ni transformar a un ocupante en patrón por aparecer conduciendo al final o a otro en responsable por compartir comida", concluyó.
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