Nueve años y medio por agredir sexualmente y robar a una mujer septuagenaria en Puerto de la Cruz
El condenado se encuentra en prisión preventiva en Tenerife II

Varias personas acceden al Palacio de Justicia de Santa Cruz de Tenerife. / El Día
La Audiencia de Santa Cruz de Tenerife ha condenado a nueve años y medio de cárcel a un hombre acusado de agredir sexualmente, robar y causar lesiones a una mujer de 72 años en Puerto de la Cruz en diciembre de 2022.
Además de la pena de cárcel, deberá pagar una indemnización de 13.000 euros por los daños físicos y psíquicos sufridos, unos 1.600 por los efectos sustraídos y multa de 1.500 por las lesiones causadas a la víctima, así como permanecer en libertad vigilada durante ocho años tras salir de prisión.
Los hechos tuvieron lugar en la noche del 30 de diciembre de 2022 en Puerto de La Cruz cuando la mujer volvía a su casa y la persiguió el procesado, al que reconoció de forma inmediata cuando fue detenido por los agentes días más tarde.
La víctima relató que tras una cena regresaba a su casa a medianoche, el joven se le acercó y comenzó a hablarle en un inglés fluido.
En un momento dado intentó besarla en el cuello, ella lo apartó, le dijo que parara y advirtió que su marido le esperaba en su vivienda, aunque él insistía en entrar con ella.
Forcejeo y agresión
En apenas minutos hubo un forcejeo en el transcurso del cual ella le dio patadas y golpes con las manos y el acusado le bajó los pantalones e intentó en dos ocasiones hacerle tocamientos en su zona genital.
Ante la resistencia mostrada por la mujer, el procesado le cogió el bolso, en el que habían dos gafas, una valorada en 600 euros, un móvil, otros 400 euros en efectivo y maquillaje, y salió corriendo.
Secuelas
Desde entonces la mujer está en tratamiento psicológico, tiene problemas para dormir, recibe medicación, es incapaz de salir sola a la calle y menos aún si es de noche y ha vuelto a vivir a Inglaterra, aunque por otros motivos.
En base al informe pericial realizado se descarta la atenuante de que el acusado sufra esquizofrenia, al mantener el forense que la enfermedad no incidió en lo ocurrido, que en aquellos momentos estaba bajo los efectos de la medicación que se le prescribe cada mes y que tampoco sufrió un brote psicótico como había ocurrido en otras dos ocasiones.
El hombre le causó lesiones consistentes en una herida en el ojo, en la mama izquierda, en la muñeca y rodilla derechas, para lo cual la mujer precisó de una asistencia facultativa, y que tardaron 10 días en curarse durante los cuales pudo desarrollar una vida normal.
El acusado tenía algunas heridas en la espalda y en las manos, compatibles con el relato de que la mujer intentó resistirse cuando fue atacada.
La declaración de la víctima es considerada por la Audiencia como "coherente, creíble, persistente", y deduce que no existen datos, basados en relaciones previas o en otras motivaciones, que condicionen una imputación semejante.
En suma, no se aprecia ni en su denuncia ni en el testimonio prestado en el plenario rencor o ánimo de venganza, o bien otras motivaciones que hayan causado esta reacción, en base a relaciones previas o por cualquier otra circunstancia.
En sus conclusiones finales, la Fiscalía mantuvo una pena de 10 años por la agresión, cuatro por robo con violencia y multa de 540 por el tercer cargo, y el abono de casi 6.000 euros por los objetos y dinero robados, así como una indemnización por los daños morales y psíquicos.
El Ministerio Público también rechazó la atenuante de trastorno por esquizofrenia, dado que el encausado estaba bajo los efectos de la medicación mensual que recibe, motivo por el que no podía sufrir un brote psicótico, según dijo un perito.
La defensa mantuvo que no había pruebas de una agresión sexual y que como mucho se estaría ante de un delito de lesiones y robo; pidió que se tuviera en cuenta la enfermedad mental que sufre su cliente y que es consumidor de drogas.
De hecho, en Tenerife II, donde permanece en prisión preventiva, está en un programa de desintoxicación.
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