El TSJC ratifica la pena de 11 años de cárcel para dos 'desokupas' por intentar matar a un hombre en Tenerife
El ataque se originó por una disputa sobre una vivienda ocupada, donde los condenados ejercieron presión sobre la víctima para que abandonara el inmueble, según la resolución judicial

Dos empleados de una empresa de desokupación frente a una vivienda, en una imagen de archivo. / Redes sociales

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha confirmado la condena de once años de prisión impuesta a dos hombres de una empresa de desokupación por intentar matar a un ocupante de una vivienda en Chayofa, en el municipio tinerfeño de Arona. La Sala de lo Penal ha desestimado los recursos de los acusados y ha avalado la sentencia de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, que ya los había condenado por un delito de asesinato en grado de tentativa con alevosía.
La resolución judicial describe una agresión de extrema violencia. Según los hechos declarados probados, los dos condenados esperaron a la víctima cuando salía de la vivienda que ocupaba y la atacaron por sorpresa. Iban armados, al menos, con una barra de hierro o un objeto contundente similar, con el que le golpearon en la cabeza de forma súbita. Cuando el hombre cayó al suelo, ya sin capacidad de defensa, continuaron propinándole golpes, patadas e incluso llegaron a agarrarle por el cuello.
El resultado fue devastador. La víctima sufrió traumatismo craneoencefálico, fracturas en la cabeza y en la cara, neumotórax, fracturas costales y otras lesiones de enorme gravedad que obligaron a varias intervenciones quirúrgicas. El tribunal subraya que estuvo en riesgo vital y que arrastra secuelas físicas permanentes. Durante la agresión también fue golpeada su hija, que intentó interponerse para frenar el ataque.
El ataque se originó por una disputa sobre una vivienda ocupada, donde los condenados ejercieron presión sobre la víctima para que abandonara el inmueble, según la resolución judicial
Desokupas violentos
Detrás de la paliza estaba el conflicto por una vivienda ocupada. La sentencia sitúa el origen de los hechos en la presión ejercida sobre el perjudicado para que abandonara el inmueble. Días antes del ataque, los ahora condenados ya habían acudido a la casa para exigirle que se marchara. De hecho, según recoge la resolución, la víctima llegó a decirles antes de la agresión algo parecido a "ustedes otra vez aquí, creí que había quedado todo arreglado", una frase que para el tribunal evidencia que existía un enfrentamiento previo por el control del inmueble.
El TSJC rechaza todos los argumentos de las defensas, que intentaron desmontar la condena alegando falta de pruebas, errores en la identificación de los atacantes y vulneración de la presunción de inocencia. La Sala considera, sin embargo, que la condena se apoya en un conjunto probatorio suficiente: las declaraciones de las víctimas, el testimonio de un testigo presencial, los reconocimientos fotográficos y judiciales, las vigilancias de la Guardia Civil y los datos telefónicos y de localización analizados durante la investigación.
Además de la pena de prisión, el alto tribunal impone inhabilitación absoluta y medidas de alejamiento, así como una indemnización de 250.000 euros para el agredido y 1.000 euros para su hija
Indemnización a las víctimas: 251.000 euros
Los magistrados avalan además que "no se trató de una simple agresión, sino de una tentativa de asesinato". La sentencia aprecia ánimo de matar por la violencia del ataque, el uso de un arma idónea para causar la muerte, la reiteración de los golpes y el hecho de que estos se dirigieran a zonas especialmente vulnerables del cuerpo. A eso suma la alevosía: un ataque sorpresivo, ejecutado por dos personas y contra una víctima sin ninguna opción real de defenderse.
Además de la pena de prisión, el alto tribunal mantiene la inhabilitación absoluta, la prohibición de acercarse y comunicarse con la víctima y la medida de libertad vigilada durante diez años una vez cumplida la condena. En concepto de responsabilidad civil, los condenados deberán indemnizar conjuntamente con 250.000 euros al principal perjudicado y con 1.000 euros a la otra víctima, además de las cantidades que se concreten por las secuelas psíquicas.
La resolución judicial sobre la agresión ocurrida el 14 de febrero de 2020, también contempla una investigación por posible falso testimonio de un testigo durante el juicio
La resolución incorpora, además, una aclaración relevante sobre la fecha de los hechos: aunque en un primer momento se consignó 2023, un auto posterior fijó correctamente la agresión en el 14 de febrero de 2020. El tribunal también acuerda deducir testimonio por si uno de los testigos hubiera podido incurrir en falso testimonio durante el juicio.
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