El Supremo ratifica 31 años de cárcel por una violación con violencia extrema en Tenerife
La víctima, de 60 años, se dirigía a su puesto de trabajo cuando fue atacada

Fachada del Tribunal Supremo / Alejandro Martínez Vélez - Europa Press - Archivo
El Tribunal Supremo ha ratificado la condena de 31 años de cárcel para el autor de varios delitos como violación, detención ilegal, uso de violencia extrema y actos degradantes, perpetrados contra una mujer en un céntrico edificio de la capital tinerfeña.
Por la agresión sexual se le impusieron 20 años, como autor de lesiones físicas y psíquicas le corresponden seis años más, por robo violento, tres años y otros dos por amenazas, de los que cumplirá de forma efectiva 20 y además se le obliga a pagar 75.000 euros.
La víctima, una mujer de 60 años
El Tribunal Supremo da por válida la relación de los hechos contenida en la primera sentencia en la que se relató que el 4 de enero de 2023 el joven de 24 años se desplazó a Santa Cruz con motivo de las fiestas navideñas, donde atacó a una mujer de 60 años.
Los hechos tuvieron lugar cuando la víctima acudía a las seis de la mañana a su trabajo en un local comercial de un edificio, hasta donde la siguió para abalanzarse sobre ella hacia el interior del establecimiento.
Brutal paliza
El encausado propinó una brutal paliza a la mujer, y la agredió sexualmente en varias ocasiones, con una violencia que, según la primera sentencia, fue "cruel y desproporcionada" dado que el hombre era más joven y fuerte que la víctima.
Ante el Supremo alegó que fue condenado sin pruebas y en base a simples suposiciones, por lo que se remite al juicio celebrado en su día que concluyó con la mencionada pena, y también se descarta aplicar la atenuante de haber ingerido alcohol y drogas y ser adicto.
La respuesta del Supremo es que de las imágenes obtenidas por las cámaras de seguridad se desprende que actuó con total tranquilidad sin que se perciba la mínima evidencia de que estaba bajo el efecto de estupefacientes y alcohol.
Secuelas
La curación de la paciente requirió 180 días durante los cuales no pudo realizar sus actividades habituales y además el acusado le transmitió varias enfermedades.
El Supremo reconoce los efectos ocasionados en la mujer como crisis depresiva y ansiedad, episodios de terror, indefensión, vértigos, malestar psicológico, sentimiento de culpa, baja autoestima, alteración del sueño y tristeza.
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