Condenado un hombre a 3 años por narcotráfico y agredir a un agente en Arona y absuelto otro acusado
Es condenado por un delito contra la salud pública y otro por resistencia

Palacio de Justicia de Santa Cruz de Tenerife. / El Día
La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha condenado a un acusado a tres años y tres meses de prisión por un delito contra la salud pública y otro de resistencia tras agredir a un agente, mientras que ha absuelto a un segundo procesado al considerar que la droga que portaba era para consumo propio.
El fallo da por probado que sobre las 5:15 horas del 15 de mayo de 2022 ambos se encontraban en los alrededores del Centro Comercial Las Verónicas en Arona, cuando agentes de la policía nacional requirieron que se identificaran.
Entonces A. C. empujó con fuerza a uno de los policías y luego intentó huir aunque fue interceptado a pocos metros donde también intentó zafarse bruscamente golpeando al agente, a consecuencia de lo cual éste sufrió escoriaciones, contusión cervical y en los antebrazos que tardaron en curar tres días.
Dinero y drogas
En su poder se encontraron 487 euros, una bolsa con 3 gramos de ketamina con una riqueza del 88%, 8 de una nueva anfetamina llamada 4-CMC y dos de MDMA con un 22% de riqueza, cuya venta hubiese supuesto un beneficio de 600 euros.
En cuanto al encausado J. M. G. se le intervinieron tres envoltorios con tres gramos de un medicamento llamado metilfenaditado, 0,3 de cocaína con una riqueza del 72%, medio de resina de cannabis y un cigarro con esta sustancia que según el fallo estaban destinadas a su propio consumo y 13 euros.
Con respecto a este último procesado, representado por la abogada Idaira Martín, la Sala considera que las drogas intervenidas no estaban destinadas a su venta, ni que la exigua cantidad de dinero que se encontró en su poder tuvieran su origen en una actividad ilegal.
La sentencia recoge que en el momento de la intervención policial el encausado no se mostró agresivo a sus requerimientos, ni intentó huir, permaneció tranquilo y tampoco presenció que llevara a cabo transacción alguna.
Consumidor habitual
Este último encausado declaró en el juicio que es consumidor de drogas desde que es menor y que aquella noche había comprado medio gramo de cocaína, estaba bebiendo y que se encontró con el otro acusado al que conocía por haberle adquirido estupefacientes en otras ocasiones.
Dijo además que la droga era para consumo propio e incluso en el caso de metilfenidato se trata de su medicación.
También se comprobó que en 2021 había sido condenado a un año de cárcel por tráfico de drogas, pena que fue suspendida durante tres años.
La defensa aportó un informe de 2008 donde se ratifica que es consumidor desde que tenía 13 años y que está en seguimiento psiquiátrico.
Todo lo cual llevó a la conclusión a la Sala de que no se dedicaba al tráfico de estupefacientes y que las sustancias estaban dedicadas al autoconsumo por lo cual se optó por la absolución.
En el caso del condenado además de los 3 años de cárcel por el delito contra la salud pública y 3 por el de resistencia, también se le impusieron multas por causar lesiones leves por valor de casi 1.000 euros y la obligación de indemnizar al policía que resultó lesionado con 122 euros.
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