El Supremo ratifica los 12 años de cárcel para una mujer por explotación sexual en Canarias
Al hombre detenido se le ratifica la condena de cinco años

Archivo - Fachada del Tribunal Supremo / Carlos Luján - Europa Press - Archivo
EFE
El Tribunal Supremo (TS) ha ratificado la condena de 12 años de prisión para una mujer y de cinco años para un hombre acusados de ser responsable de dos delitos de trata de seres humanos con fines de explotación sexual al obligar a dos mujeres a ejercer la prostitución.
Tal y como determinó en 2022 el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), la mujer quedó absuelta de falsificación de documentos públicos y otros tres hombres y una mujer inicialmente acusados, quedaron sin cargos.
En su momento ya se dio por probado que la acusada entre los años 2009 y 2015 captó al menos a tres mujeres jóvenes compatriotas suyas de Nigeria aprovechándose de su precaria situación económica en sus países de origen.
Una vez en España les reclamó a ambas que pagara una deuda que alcanzada los 35.000 euros ejerciendo la prostitución o de lo contrario aseguraban que causarían daño a sus familiares.
Dos de ellas que actuaron como testigos protegidas, y manifestaron que fueron sometidas a unos juramentos o ritos de vudú y que fueron captadas a través de un intermediario en su país.
Llegada a Canarias
A una de ellas este hombre le proporcionó un billete de avión hasta Estambul desde donde partió dos meses después en una barca con más personas a Atenas permaneciendo allí un tiempo, luego recaló en Madrid con nueva documentación y de ahí llegó a Gran Canaria.
Una vez en la isla en marzo de 2010 se desplazó a Vecindario donde fue recogida por la procesada y llevada a su domicilio en San Bartolomé de Tirajana, en el que vivió con el marido, hermana y amante de la condenada.
Allí fue obligada a ejercer la prostitución y trabajar como limpiadora en unos apartamentos de uno de los procesados que luego quedó absuelto y a cambio de entregarles todo lo cobrado, ella recibía cada mes un sobre con 200 euros para abonar el alquiler de la habitación y otros 50 para comer, cantidades que la encausada aseguraba que apuntaba.
La otra testigo protegida fue captada cuando tenía 17 años, también en Nigeria aprovechándose de su bajo nivel sociocultural e intelectual y de la pobreza en la que vivía por lo que le ofrecieron venir a España a ejercer la prostitución, según la sentencia.
Esta vez el viaje se llevó a cabo a través de Marruecos con el hermano menor del condenado y luego se desplazaron a Melilla haciéndose pasar por pareja y padres de un bebé, para viajar sola a Sevilla, Valencia y a continuación a Gran Canaria.
Aseguró que durante todo el desplazamiento mantuvo contacto con los encausados recibiendo continuas amenazas para garantizar el pago de la deuda. Finalmente en Gran Canaria se prostituyó en una vivienda de la capital, para luego marchar a Italia, Bilbao, aunque asegura que no pagó cantidad alguna de los 35.000 euros exigidos.
Ante el Supremo, las defensas alegaron la inexistencia de prueba de cargo en las declaraciones de las testigos protegidas que deberían haber sido sometidas a "un minucioso análisis de su versión y la corroboración por otros elementos probatorios".
También apunta la existencia de contradicciones en ambos testimonios, asuntos que el Supremo se negó a entrar a analizar al considerar que este paso ya se había dado en otras instancias.
El TS recuerda que la condena también está basada en el testimonio de los policías que llevaron a cabo las investigaciones y detuvieron a los encausados, y que además recogieron el testimonio de las dos testigos, aunque una tercera optó por no declarar.
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