La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a dos años de cárcel a un acusado de apropiarse de la herencia de su tío cuya heredera universal era la Hermandad de la División Azul.

En una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, se condena a Bernardo B. A. como autor de un delito de apropiación indebida a la pena de dos años de prisión y multa de siete meses, con una cuota diaria dediez euros. En concepto de responsabilidad civil, se le condena a pagar a la Hermandad Nacional de la División Azul la cantidad de 152.000 euros.

En su escrito de acusación, el fiscal solicitó seis años y seis meses de prisión por delitos de apropiación indebida y estafa, del que ha sido ahora absuelto.

Los hechos se remontan al 2 de agosto de 1994 cuando un tío de B. B. A. le otorgó un testamento abierto en el que nombraba heredera universal de sus bienes a la Hermandad Nacional de la División Azul. Años más tarde, en concreto el 20 de enero de 2010, A. A. R. acudió al Hospital de la Princesa donde se le diagnosticó demencia degenerativa primaria tipo E. Alzheimer de grado moderado.

Una semana después el acusado ingresó a su tío en el Centro Residencial Valdeluz y, simultáneamente, el director remitió al Juzgado de Móstoles el correspondiente comunicado de internamiento de un presunto incapaz. En dicho comunicado se hacía constar que "por su estado psicofísico actual no ha sido posible la firma del contrato de admisión en este centro".

No obstante, no se incoó procedimiento de internamiento no voluntario hasta el 31 de mayo de 2010, esto es, 28 días después de que falleciera A .A. R. a la edad de 87 años.

Antes de ingresar en el centro, el tío designó al acusado como autorizado en una de las cuentas de las que era titular, motivo por el cual tuvo acceso a las claves propias para la realización de operaciones de banca electrónica.

De este modo, "aprovechando el acusado su condición de autorizado en cuenta" y que su tío se encontraba ingresado en una residencia "con un diagnóstico médico de demencia degenerativa", realizó varias las operaciones "movido en todos los casos por un ánimo de ilícito enriquecimiento".

Así, desde la cuenta de su tío donde figuraba como autorizado, realizó reintegros y transferencias, incluso días después del fallecimiento de su familiar.

Estas transferencias tenían como destinatarios a él mismo, a sus hijos, a su sobrino o a su esposa con quien compartía una cuenta. Sin embargo, los 49.950 euros ingresados en la cuenta de su sobrino fueron devueltos a la Hermandad Nacional de la División Azul a instancias de su hermano, "ajeno a los hechos descritos".

Igualmente, los días 2 y 3 de junio el acusado restituyó a la cuenta del fallecido la cantidad total 122.700 euros, lo que sumado a la anterioridad cantidad hace un total devuelto de 172.650 euros de los 172.950 trasferidos desde la muerte de su tío.

Del mismo modo, y durante los primeros meses de 2010, el acusado canceló un fondo de inversión y procedió a realizar cuatro reembolsos que permitieron aumentar el saldo de una cuenta propiedad de su tío y de la que él era apoderado en un total de 293.296,44 euros.

Por último, la Fiscalía alude a la firma de una escritura de compraventa de un inmueble en San Javier (Murcia) "aprovechando igualmente el deterioro cognitivo".

El precio de venta fue de 100.000 euros de los cuales 24.000 se declaraban percibidos por el vendedor, emitiéndose un pagaré por el acusado por el importe restante, 76.000 euros, con vencimiento el 10 de mayo de 2010.

El acusado, "que nunca tuvo voluntad real de pagar el precio pactado", se quedó con el pagaré, el cual no fue presentado al cobro llegado su vencimiento, "debiendo la Hermandad Nacional de la División Azul interponer demanda civil contra el acusado para obtener el pago del precio restante, pago que era negado por el acusado alegando que le había sido condonado por el vendedor".