Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife
23 años de prisión para el segundo condenado por el crimen de Tabaiba
La defensa de Antonio J. recurrirá la sentencia ante al Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) por «falta de fundamento en el veredicto»

Una de las sesiones del juicio por el asesinato de Tabaiba, archivo. / Andrés Gutiérrez
La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife condena a Antonio J., segundo acusado por el conocido como crimen de Tabaiba, a 23 años de prisión como autor de un delito de asesinato con alevosía. La resolución establece además que deberá abonar, de manera solidaria con el otro condenado, José J., una indemnización total de 153.500 euros a los familiares de Rubén, el joven fallecido.
La sentencia asume las penas reclamadas durante el juicio por la Fiscalía y la acusación particular, que sostuvieron que Antonio J. participó directamente en la muerte de la víctima. La defensa, por el contrario, solicitó que la condena no superara los 15 años de cárcel.
El fallo no cierra, sin embargo, el recorrido judicial del caso. La representación legal de Antonio J. anunció que presentará un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) al entender que el veredicto emitido por el jurado popular no cuenta con una fundamentación suficiente.
Este argumento adquiere una relevancia especial debido a los antecedentes del procedimiento, ya que hace aproximadamente un año fue anulada una primera sentencia en la que Antonio J. había resultado absuelto. La anulación obligó a repetir la vista y a someter nuevamente a valoración los testimonios, las imágenes y el resto de pruebas incorporadas a la causa.
La nueva resolución considera probada la intervención de Antonio J. a partir de las conclusiones del jurado. Entre los elementos valorados se encuentran las grabaciones en las que se observa al acusado entrando en el apartamento de Tabaiba, en el municipio de El Rosario, donde se produjo el crimen.
Para el jurado, esas imágenes permiten situar al acusado en el lugar de los hechos y sostener que participó en el asesinato. Esta valoración se aparta de la alcanzada en el primer juicio, cuando Antonio J. fue absuelto. La defensa cuestiona precisamente la relación entre la presencia del procesado en el inmueble con una intervención directa en la muerte de Rubén. A su juicio, el hecho de que las cámaras lo sitúen entrando en el edificio no acredita que participara en el crimen.
La sentencia, no obstante, recoge el criterio del jurado y concluye que la prueba practicada es suficiente para declarar la responsabilidad penal del segundo acusado. El tribunal provincial impone así la pena solicitada por las acusaciones y lo condena por asesinato con alevosía.
La resolución descarta que Antonio J. actuara movido por un interés económico o que participara en los hechos a cambio de recibir droga. Durante el procedimiento se abordaron los negocios y las relaciones que mantenían algunas de las personas vinculadas al caso, pero el fallo no considera acreditado que ese fuera el motivo concreto de la actuación del ahora condenado.
En el trasfondo del crimen aparece una deuda de 100.000 euros que habría enfrentado a Rubén con el propietario del apartamento, conocido como Toño, a quien las acusaciones situaron como presunto impulsor de la trama. Ambos estaban relacionados con actividades y negocios que fueron examinados durante el juicio para intentar determinar el origen del enfrentamiento.
Pese a este contexto, la sentencia diferencia entre el conflicto económico existente y las razones que pudieron llevar a Antonio J. a encontrarse en el piso. El tribunal no atribuye al condenado un beneficio económico directo ni considera probado que recibiera una compensación relacionada con drogas.
Los hechos se remontan a la tarde del 21 de febrero de 2023, martes de Carnaval. Sobre las seis de la tarde, varias de las personas relacionadas con el caso accedieron en diferentes momentos al edificio de Tabaiba. Minutos después abandonaron el inmueble sin que Rubén saliera con ellos.
La secuencia de entradas y salidas del inmueble del barrio de El Rosario se convirtió desde el inicio de la investigación en una pieza relevante para reconstruir lo sucedido en el interior del apartamento. Las grabaciones permitieron establecer la presencia de los acusados en el edificio, aunque cada uno ofreció una explicación distinta sobre su comportamiento y sobre el momento en el que se produjo la agresión.
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