Investigan en Canarias a un abogado por citar jurisprudencia falsa generada por inteligencia artificial
El tribunal aprecia una posible vulneración de la buena fe procesal tras detectar sentencias e informes inexistentes en un recurso de apelación

Placa de la sede del TSJC / El Día

La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha acordado abrir una investigación por una posible falta a la buena fe procesal contra un abogado que presentó un recurso de apelación en el que citaba jurisprudencia e informes oficiales presuntamente inexistentes, que podrían haber sido generados mediante herramientas de inteligencia artificial.
La decisión se recoge en una sentencia notificada recientemente que confirma la absolución de un vecino de Tenerife juzgado en julio por un presunto delito de agresión sexual ante la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife. El fallo desestima el recurso presentado por la acusación particular y es ponencia del presidente del TSJC.
Citas “espurias” y documentos inexistentes
En la resolución, el Tribunal advierte que el recurso incluía diversas citas jurisprudenciales “espurias” o “apócrifas”, así como la referencia a un supuesto informe del Consejo General del Poder Judicial sobre la credibilidad del testimonio infantil, del que la Sala señala que “tampoco tiene constancia de que exista”.
Según el TSJC, estos elementos apuntan a una conducta que podría evidenciar una negligencia grave, al haberse confiado el contenido del escrito “sin mayor revisión” a lo que habría propuesto un algoritmo, omitiendo la obligación profesional de verificar las fuentes citadas.
“Libérrima creatividad jurídica”
El Tribunal subraya que en el recurso se detectó la cita de al menos siete sentencias del Tribunal Supremo que no figuran en las bases de datos oficiales, así como otras muchas referencias de similar factura, que califica como un ejercicio de “libérrima creatividad jurídica”, expuestas —añade— “con soltura y desparpajo”.
La resolución destaca igualmente que el letrado extrae pasajes de documentos inexistentes “con la precisión de quien copia de un original”, lo que agrava la valoración de los hechos por su reiteración y apariencia de veracidad.
Posibles sanciones y traslado al colegio profesional
Ante estas circunstancias, la Sala ha ordenado la formación de una pieza separada para depurar las posibles responsabilidades del abogado, al amparo del artículo 247 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
La normativa contempla la imposición de multas por mala fe procesal y la posibilidad de dar traslado de los hechos al colegio profesional correspondiente, por si procediera la apertura de un expediente disciplinario. El Tribunal aclara que, antes de adoptar cualquier decisión, se dará audiencia al letrado afectado.
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