Robo en un complejo de Canarias: el antiguo dueño allana la propiedad para llevarse todo el mobiliario
El antiguo propietario, que había perdido el apartamento en una subasta, fue identificado como uno de los implicados en el allanamiento y desmantelamiento del inmueble

Imagen del mobiliario y los enseres que los presuntos asaltantes sacaron del apartamento / La Provincia
Benyara Machinea
La entrada forzada de varias personas en un apartamento turístico del sur de Gran Canaria para retirar el mobiliario del interior del inmueble pese a encontrarse legalmente ocupado por clientes ha derivado en una denuncia por presuntos delitos de allanamiento y daños.
Los hechos se produjeron en la madrugada del 8 de diciembre, en torno a la medianoche, cuando el personal de recepción del complejo Jardín del Atlántico, situado en Playa del Inglés, alertó de la presencia de cinco personas en el apartamento 258 y llamó a la Policía Nacional. Según relataron los responsables de la explotación turística, los individuos forzaron la cerradura de acceso y comenzaron a desmontar muebles y otros elementos interiores, que posteriormente sacaron al exterior.
Apartamento ocupado por clientes
El inmueble asaltado se encontraba en explotación turística y estaba legalmente ocupado por clientes, que en ese momento no se encontraban dentro del apartamento. La descripción de lo ocurrido podría encajar, según los denunciantes, en las tipificaciones de «allanamiento de morada o morada asimilada y daños, recogidas en los artículos 202 y 263 del Código Penal».

Imagen de archivo del complejo turístico Jardín del Atlántico. / Andrés Cruz
La empresa explotadora relata que tras el aviso, agentes de la Policía Nacional, acompañados del director del establecimiento, se personaron en el complejo y ordenaron a las personas que, presuntamente, habían allanado y robado en el apartamento que cesaran su actuación y procedieron a tomarles los datos. Sin embargo, apuntan, no se practicaron detenciones.
Alegación de antigua propiedad
En ese momento, continúa el relato, uno de los implicados manifestó que era el antiguo propietario del apartamento, que había sido adjudicado judicialmente y llevaba aproximadamente un mes integradoen la explotación turística.
La empresa gestora sostiene que el antiguo titular acumulaba una deuda de 50.000 euros con la comunidad de propietarios por cuotas impagadas, además de un préstamo hipotecario de 120.000 euros, cuya ejecución derivó en la subasta del inmueble. Según recuerdan, la comunidad tiene la condición de acreedor preferente por cuotas impagadas conforme al artículo 9.1.e) de la Ley de Propiedad Horizontal.
Retirada del mobiliario
Asimismo, señala que el mobiliario que el antiguo propietario y sus acompañantes retiraron del apartamento había sido instalado por la propia gestora, por lo que considera que su retirada podría encajar como hurto o apropiación indebida.
Al día siguiente, la propietaria del apartamento y representantes de la empresa acudieron a dependencias policiales para formalizar una denuncia. Según su testimonio, encontraron reticencias para su admisión, «pese a que la Policía tiene el deber legal de recoger denuncias conforme al artículo 284 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal», que «establece la obligación policial de instruir diligencias y poner los hechos en conocimiento del Juzgado».
Los denunciantes indican que los agentes justificaron su actuación en la exhibición de una escritura de titularidad previa por parte de los individuos, un extremo que —según sostienen— no guarda relación con la entrada nocturna por la fuerza, la rotura de la puerta y el desmantelamiento del interior del inmueble. Además, aseguran «haber recibido un trato desagradable y coercitivo» y aseveran que uno de los agentes llegó a advertirles «de una posible detención si insistían en cuestionar la intervención policial».
Denuncia en el juzgado de guardia
Ante esta situación, y por recomendación de sus abogados, la denuncia fue finalmente presentada en el Juzgado de Guardia.
La empresa explotadora recuerda que existen antecedentes de incidentes y denuncias previas vinculadas a la misma persona y señala que la comunidad de propietarios había intentado sin éxito embargar ingresos procedentes de alquileres turísticos irregulares.
Desde la entidad expresan su preocupación por la «indefensión» en la que, según afirman, quedan las explotadoras turísticas ante este tipo de situaciones, y advierten de que la «pasividad institucional podría vulnerar los principios de tutela judicial efectiva, recogido en el artículo 24 de la Constitución Española».
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