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El TSJC confirma la condena al hombre que intentó asesinar a la dueña de un bar en Santiago del Teide

El agresor tendrá que cumplir 11 años de prisión y pagar una indemnización de 65.000 euros

Placa de la sede del TSJC

Placa de la sede del TSJC / El Día

Miguel Ángel Autero

Miguel Ángel Autero

Santa Cruz de Tenerife

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha confirmado la condena a 11 años de prisión impuesta al acusado que intentó asesinar a la dueña de un bar en Santiago del Teide. La Sala de lo Civil y Penal desestima en su totalidad el recurso de apelación presentado por la defensa del acusado y ratifica la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife.

Los hechos ocurrieron el 27 de febrero de 2023, alrededor de las 20:30 horas, cuando el condenado tras consumir varias bebidas alcohólicas en un bar discutió con la propietaria por el precio de una consumición. Minutos después abandonó el local, pero esperó a que la mujer cerrara y saliera hacia su casa.

Según la sentencia, el acusado la siguió por la calle, la llamó por su nombre y, sin previo aviso, la atacó por la espalda, agarrándola del cabello y cortándole el cuello con un cuchillo con la intención de matarla. La víctima, gravemente herida, consiguió defenderse a patadas e impedir que la apuñalara en otras partes del cuerpo. Sus gritos alertaron a su marido y a varios clientes del bar, que lograron reducir al agresor y quitarle el arma.

La mujer sufrió una herida de 12 centímetros en el cuello, otra en el mentón y secuelas físicas y psicológicas severas, entre ellas un trastorno de estrés postraumático que todavía padece.

La Audiencia Provincial lo condenó por un delito de asesinato en grado de tentativa, imponiéndole 11 años de prisión, prohibición de acercarse a la víctima durante los nueve años posteriores a su salida de la cárcel y libertad vigilada durante diez años. Además, debe indemnizar a la víctima con 65.000 euros por los daños físicos y psicológicos sufridos.

En su recurso, la defensa del condenado alegó hasta siete motivos para intentar anular la condena: supuesta indefensión procesal, falta de pruebas sobre la alevosía, nulidad del cuchillo como prueba por ruptura de cadena de custodia, invalidez del informe forense, error en la valoración de la prueba, embriaguez del acusado y nulidad de las diligencias por prórroga fuera de plazo.

El TSJC rechazó todos los argumentos. La Sala concluyó que no hubo irregularidades procesales, que el cuchillo fue identificado sin duda por la víctima y los testigos, y que las pruebas practicadas en el juicio -testimonios, informes forenses y periciales- eran suficientes para demostrar la intención de matar.

El fallo resalta la existencia de la agravante de alevosía, al tratarse de un ataque “sorpresivo, por la espalda y con un arma letal dirigida al cuello”, que eliminó cualquier posibilidad de defensa. Asimismo, se descartó la atenuante de embriaguez como causa que afectara su capacidad mental, al no haber pruebas de una intoxicación grave.

El tribunal también destacó la credibilidad de la víctima, cuya declaración fue “coherente, persistente y corroborada por la prueba médica y los testigos presenciales”.

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